Autor: Cardenal Narciso Jubany
Arnau | Fuente: Comité para la Defensa de la Vida CEE
Médicos, filósofos, farmacéuticos, enfermeras, teólogos, juristas,
moralistas, han escrito, reescrito, discutido y redactado finalmente este texto
sobre la eutanasia durante largos meses de trabajo, pretendiendo lograr un
producto final fiel al doble objetivo
Eutanasia
Presentación
I. Terminología
II. El hombre ante
el dolor y la muerte
III. La medicina
ante la eutanasia
IV. La sociedad
ante la eutanasia
V. El estado ante
la eutanasia
VI. La Iglesia ante
la eutanasia
Presentación
Cuando, hace casi dos años, el
Comité Episcopal para la Defensa de la Vida, dependiente de la Conferencia
Episcopal Española, presentó a la opinión pública el libro "EI Aborto: 100
cuestiones y respuestas sobre la defensa de la vida humana y la actitud de los
católicos", ya anunció que aquel era efímero de una serie de publicaciones
que verían la luz en el futuro. Una era la idea común: estudiar el valor y la
dignidad de la vida humana desde la peculiar óptica que implica el tratamiento
monográfico de un problema de actualidad. En aquella primera ocasión se trató
del aborto; hoy, de la eutanasia.
El amplio debate social generado
por aquellas" caen cuestiones sobre el aborto", la difusión lograda
por el texto en España, en Hispanoamérica y en toda Europa, especialmente en
los países recién salidos de la experiencia comunista, no dejó de ser un
acicate importante para el Comité a la hora de dar cumplimiento a su propósito
inicial de continuar aquel trabajo sobre el aborto con otros temas de similar
actualidad. El millón de ejemplares vendidos de las" 100 cuestiones sobre
el aborto" y las noticias de su permanente uso como instrumento de trabajo
y estudio en los más variados ambientes escolares, académicos y religiosos de
varios continentes, han incentivado el esfuerzo intenso del Comité Episcopal
para la Defensa de la Vida que ha trabajado durante más de un año en múltiples
reuniones plenarias y de ponencia, para perfilar el texto que ahora se hace
público.
Médicos, filósofos, farmacéuticos,
enfermeras, teólogos, juristas, moralistas, han escrito, reescrito, discutido y
redactado finalmente este texto sobre la eutanasia durante largos meses de
trabajo, pretendiendo lograr un producto final fiel al doble objetivo de esta
colección de trabajos: rigor técnico y científico en el tratamiento y claridad
y sencillez en la exposición.
Mientras preparábamos este
trabajo se han celebrado dos referendums en los EE.UU., sobre la eutanasia,
rechazando en ambos la mayoría de los ciudadanos su legalización; se ha
reabierto en Holanda el debate - una vez más en aquel país - sobre la
despenalización de las prácticas eutanásicas; en distintos países han saltado a
los medios de comunicación social noticias sobre "casos", sentencias,
opiniones y propuestas referentes a la eutanasia. Estos hechos no han alterado
el plan de trabajo del Comité, aunque hayan sido estudiados, valorados y
considerados.
Cuando nuestro trabajo estaba
casi acabado, el Gobierno Español ha aprobado un Proyecto de Código Penal -
actualmente en trámite en el Congreso de los Diputados - en el que se regula la
eutanasia como un delito singular acreedor a una pena sensiblemente más liviana
que la del homicidio. Se Inicia así en nuestro país la tendencia de
"comprensión jurídica" hacia las prácticas eutanásicas que, nos
tememos, puede acabar a corto plazo con su total impunidad como ha sucedido con
el aborto, despenalizado parcialmente para atender a determinados "casos
extremos" y legalizado en la práctica hasta el punto de constituir ya un
lucrativo negocio amparado incluso por determinadas instituciones del Estado.
La iniciativa legislativa del
Gobierno hace de total actualidad el presente trabajo que pretende servir como
elemento de reflexión para todos los ciudadanos - también para quienes emiten
su voto como Diputados y Senadores - y como factor de formación para la
conciencia ilustrada de los católicos.
Este documento aborda la
eutanasia sin rehuir ni ocultar los argumentos de sus partidarios; sin omitir
los puntos de vista más conflictivos; sin silenciar los temas más polémicos,
pues creemos que la sociedad - los católicos y quienes no lo son - puede y debe
dedicar un tiempo razonable a reflexionar y lo formarse antes de emitir un
juicio sobre cuestión de tal relevancia.
En nuestro tiempo crecen
sentimientos de ideas muy acordes con la idea de hombre, de justicia y de
derechos humanos que subyace en este trabajo, pero a la vez se imponen en
nuestras sociedades prácticas incompatibles con la dignidad humana. El Comité
Episcopal para la Defensa de la Vida está convencido de que podemos impulsar
los aspectos más positivos de nuestra cultura si todos hacemos un esfuerzo para
ser coherentes con el humanismo que ha inspirado los aspectos más positivos de
la Modernidad. Por ello, ofrece a la consideración responsable de todos los
ciudadanos - también de los políticos, los médicos, educadores, familias y
demás personas que han de decidir sobre la eutanasia -, un trabajo que se
inspira en un profundo respeto por cada hombre, por cada mujer, por cada ser
humano, que - para quienes creemos en Dios - es objeto de un amor singular y
personal desde antes de la creación y no acabará jamás, proyectándose tras la
muerte por la eternidad.
Cardenal Narciso Jubany Arnau. Presidente
del Comité Episcopal para la Defensa de la Vida
Terminología
1. ¿Qué es la eutanasia?
La palabra "eutanasia"
a lo largo de los tiempos ha significado realidades muy diferentes.
Etimológicamente, eutanasia (del griego "eu", bien,
"Thánatos", muerte) no significa otra cosa que buena muerte, bien
morir, sin más.
Sin embargo, esta palabra ha
adquirido desde antiguo otro sentido, algo más específico: procurar la muerte
sin dolor a quienes sufren. Pero todavía este sentido es muy ambiguo, puesto
que la eutanasia, así entendida, puede significar realidades no sólo
diferentes, sino opuestas profundamente entre sí, como el dar muerte al recién
nacido deficiente que se presume que habrá de llevar una vida disminuida, la
ayuda al suicida para que consume su propósito, la eliminación del anciano que
se presupone que no vive ya una vida digna, la abstención de persistir en
tratamientos dolorosos o inútiles para alargar una agonía sin esperanza humana
de curación del moribundo, etc.
2. ¿Qué se entiende hoy por
eutanasia?
Hoy, más estrictamente, se
entiende por eutanasia el llamado homicidio por compasión, es decir, el causar
la muerte de otro por piedad ante su sufrimiento o atendiendo a su deseo de
morir por las razones que fuere.
Sin embargo, en el debate social
acerca de la eutanasia, no siempre se toma esta palabra en el mismo sentido, e
incluso a veces se prefiere, según el momento, una u otra acepción para
defender tal o cual posición dialéctica. Esto produce con frecuencia la
esterilidad del debate y, sobre todo, grave confusión en el común de las
gentes.
3. ¿Es, pues, especialmente
importante el significado de las palabras en esta materia?
Es de extrema importancia,
porque, según la significación que se dé al término eutanasia, su práctica puede
aparecer ante las gente como un crimen inhumano o como un acto de
misericordiosa solidaridad. Estas diferencias tan enormes obedecen con
frecuencia a la distinta manera de entender la significación de la palabra, es
decir, la realidad que se quiere designar.
No se puede ignorar, sin embargo,
que en el debate público también se da no pocas veces, por parte de los
patrocinadores de la eutanasia, una cierta manipulación - querida o no - de las
palabras, cuyo resultado es presentar ante la opinión pública la realidad de la
eutanasia como algo más inocuo de lo que es (se dice "muerte dulce",
"muerte digna"), y propiciar así su aceptación social; como si no
existiera, o fuera secundario, el hecho central de que en la eutanasia un ser humano
da muerte a otro, consciente y deliberadamente, por muy presuntamente nobles o
altruistas que aparezcan las motivaciones que lo animen a ejecutar tal acción y
por poco llamativos que sean los medios que utilice para realizarla.
Todo esto no quiere decir que el
debate sobre la eutanasia dejaría de existir si todos hablásemos de lo mismo y
otorgásemos al término idéntico significado. El debate también se produciría
aun cuando por eutanasia todos entendiesen una sola cosa: el causar la muerte
de otro, con su consentimiento o no, para evitarle dolores físicos o
padecimientos de otro tipo, considerados insoportables.
Tomada la eutanasia de esta
manera, existen algunas personas y grupos partidarios de legalizarla y de darle
respetabilidad social, porque interpretan que la vida humana no merece ser
vivida más que en determinadas condiciones de plenitud, frente a la convicción
mayoritaria que considera, por el contrario, que la vida humana es un bien
superior y un derecho inalienable e indisponible, es decir, que no puede estar
al albur de la decisión de otros, ni de la de uno mismo.
4. ¿Qué se va a entender por
eutanasia en esta obra?
Llamaremos eutanasia a la
actuación cuyo objeto es causar muerte a un ser humano para evitarle
sufrimientos, bien a petición de éste, bien por considerar que su vida carece
de la calidad mínima para que merezca el calificativo de digna.
Así considerada, la eutanasia es
siempre una forma de homicidio, pues implica que un hombre da muerte a otro, ya
mediante un acto positivo, ya mediante la omisión de la atención y cuidado.
5. ¿Por qué se escoge esta
definición?
Porque en ella están los
elementos esenciales que configuran un fenómeno complejo como es la eutanasia:
. la muerte ha de ser el objetivo
buscado, ha de estar en la intención de quien practica la eutanasia: no es
eutanasia, por tanto, el aplicar un tratamiento necesario para aliviar el
dolor, aunque acorte la expectativa de vida del paciente como efecto secundario
no querido, ni puede llamarse eutanasia al resultado de muerte por imprudencia
o accidente;
. puede producirse por acción
(administrar sustancias tóxicas mortales) o por omisión (negarle la asistencia
médica debida); ha de buscarse la muerte de otro, no la propia. No
consideraremos el suicidio como forma peculiar o autónoma de eutanasia,
Los motivos son un elemento
sustancial para hablar de eutanasia con propiedad.
. puede realizarse porque la pide
el que quiere morir. La ayuda o cooperación al suicidio sí la consideramos una
forma de eutanasia;
. puede realizarse para evitar
sufrimientos, que pueden ser presentes o futuros, pero previsibles; o bien
porque se considere que la calidad de vida de la víctima no alcanzará o no
mantendrá un mínimo aceptable (deficiencias psíquicas o físicas graves,
enfermedades degradantes del organismo, ancianidad avanzada, etc.).
El sentimiento subjetivo de estar
eliminando el dolor o las deficiencias ajenas es elemento necesario de la
eutanasia; de lo contrario estaríamos ante otras formas de homicidio.
6. ¿No es muy estricto el
significado de la eutanasia expuesto?
Más que estricto quiere ser
preciso, y eso por dos razones: primera, porque solo acotando con precisión la
realidad que se quiere designar será posible saber a qué nos estamos
refiriendo; segunda, porque este significado coincide también con lo que los
patrocinadores de la legalización de la eutanasia quieren que prospere: que se
legitime el que un hombre dé muerte a otro dadas ciertas circunstancias.
Como más adelante se verá, por
ejemplo, la renuncia a la obstinación terapéutica sin esperanza - que se suele
designar como encarnizamiento terapéutico - merece una consideración aparte y,
en sentido estricto, no puede considerarse eutanasia, aunque desde el mero
punto de vista etimológico sea, desde luego, una forma de favorecer la
"buena muerte". Este es un ejemplo concreto de lo fácilmente que se
introduce la confusión en esta materia por los diversos significados que pueden
darse a una misma palabra.
7. ¿Cuántas clases de eutanasia
hay?
Según el criterio que se emplee,
hay diversas clasificaciones del fenómeno de la eutanasia que dependen también
del significado que se dé al término.
Desde el punto de vista de la
víctima la eutanasia puede ser voluntaria o involuntaria, según ser solicitada
por quien quiere que le den muerte o no; perinatal, agónica, psíquica o social,
según se aplique a recién nacidos deformes o deficientes, a enfermos
terminales, a afectados de lesiones cerebrales irreversibles o a ancianos u
otras personas tenidas por socialmente improductivas o gravosas, etc. Algunos
hablan de auto eutanasia refiriéndose al suicidio, pero eso no es, propiamente,
una forma de eutanasia, aunque muchos de sus patrocinadores defienden también,
con arreglo a su propia lógica, el derecho al suicidio.
Desde el punto de vista de quien
la practica, se distingue entre eutanasia activa y pasiva, según provoque la
muerte a otro por acción o por omisión, o entre eutanasia directa e indirecta:
la primera sería la que busca que sobrevenga la muerte, y la segunda la que
busca mitigar el dolor físico, aun a sabiendas de que ese tratamiento puede
acortar efectivamente la vida del paciente; pero esta última no puede tampoco
llamarse propiamente eutanasia.
Existen muchas más
clasificaciones posibles y una misma acción puede, a su vez, incluirse en
varias de las modalidades referidas aquí. Pero todo esto es, en el fondo,
secundario, y con frecuencia contribuye a aumentar la confusión sobre la
realidad del problema, en lugar de ayudar a esclarecer la cuestión. De ahí que,
para poder referirnos a un concepto que admitan tanto los partidarios de la
eutanasia como los defensores de la vida, la hayamos definido en los términos
expuestos más arriba, sin detenernos en ulteriores divisiones o
clasificaciones.
8. ¿Qué se entiende por
distanasia?
La distanasia (del griego
"dis", mal, algo mal hecho, y "thánatos", muerte) es
etimológicamente lo contrario de la eutanasia, y consiste en retrasar el
advenimiento de la muerte todo lo posible, por todos los medios, proporcionados
o no, aunque no haya esperanza alguna de curación y aunque eso signifique
infligir al moribundo unos sufrimientos añadidos a los que ya padece, y que,
obviamente, no lograrán esquivar la muerte inevitable, sino sólo aplazarla unas
horas o unos días en unas condiciones lamentables para el enfermo.
La distanasia también se llama
"ensañamiento" y, "encarnizamiento terapéutico", aunque
sería más preciso denominarla "obstinación terapéutica".
9. ¿Qué es la ortotanasia?
Con esta palabra (del griego
"orthos", recto, y "thánatos", muerte), se ha querido
designar la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al
que sufre una enfermedad incurable en fase terminal. La ortotanasia estaría tan
lejos de la eutanasia, en el sentido apuntado aquí, como de la distanasia u
obstinación terapéutica. Este término, reciente, no se ha consagrado más que en
ciertos ambientes académicos, sin hacer fortuna en el léxico habitual de la
calle; pero su sola acuñación revela la necesidad de acudir a una palabra
distinta de "eutanasia" para designar precisamente la buena muerte,
que es lo que se supone que tendría que significar la eutanasia, y que sin
embargo ya no significa, porque designa la otra realidad mencionada: una forma
de homicidio.
10. ¿Estamos, pues, ante el
"secuestro" de la palabra "eutanasia"?
Más bien habría que hablar de la
desvirtuación de su significado, que se ha debido tanto al deseo de algunos de
hacer más aceptable socialmente el "homicidio por compasión" (y desde
este punto de vista puede hablarse de "secuestro" de esta palabra),
como a la inexistencia de un término adecuado para designar esta clase de
homicidio. Esta es una de las razones por las que el aspecto terminológico es
de suma importancia en toda esta cuestión.
11. ¿Cuáles son los principales
argumentos que se emplean para promover la legalización de la eutanasia?
Se suele promover la legalización
de la eutanasia y su aceptación social con cinco clases de argumentos:
. el derecho a la muerte digna,
expresamente querida por quien padece sufrimientos atroces;
. el derecho de cada cual a
disponer de su propia vida, en uso de su libertad y autonomía individual;
. la necesidad de regular una
situación que existe de hecho. Ante el escándalo de su persistencia en la
clandestinidad;
. el progreso que representa
suprimir la vida de los deficientes psíquicos profundos o de los enfermos en
fase terminal, ya que se trataría de vidas que no pueden llamarse propiamente
humanas;
. la manifestación de solidaridad
social que significa la eliminación de vidas sin sentido, que constituyen una
dura carga para los familiares y para la propia sociedad.
No todos los partidarios de la
eutanasia comparten todos estos argumentos; pero todos, en cambio, comparten
los dos primeros, y a menudo el tercero.
A lo largo de este texto iremos
refiriéndonos a cada uno de dichos argumentos para examinarlos en su propio
contexto.
II. El
hombre ante el dolor y la muerte
12. El dolor y la muerte, ¿forman
parte de la vida humana o, por el contrario, son obstáculos para ella?
El dolor y la muerte forman parte
de la vida humana desde que nacemos en medio de los dolores de parto de nuestra
madre hasta que morimos causando dolor a los que nos quieren y sufriendo por el
propio proceso que lleva a la muerte. A lo largo de toda la existencia, el
dolor - físico o moral - está presente de forma habitual en todas las
biografías humanas: absolutamente nadie es ajeno al dolor. El producido por
accidentes físicos - pequeños o grandes - es compañero del hombre en toda su
vida; el dolor moral (producto de la incomprensión ajena, la frustración de nuestros
deseos, la sensación de impotencia, el trato injusto, etc.) nos acompaña desde
la más tierna infancia hasta los umbrales de la muerte.
El dolor - y su aspecto
subjetivo, el sufrimiento - forma parte de toda vida humana y de la historia de
la humanidad: así lo acreditan la experiencia personal de cada uno de nosotros
y la literatura universal, en la que la experiencia del dolor es no sólo motivo
de inspiración, sino objeto de reflexión constante.
La muerte es el destino
inevitable de todo ser humano, una etapa en la vida de todos los seres vivos
que - quiérase o no, guste o no - constituye el horizonte natural del proceso
vital. La muerte es la culminación prevista de la vida, aunque incierta en
cuanto a cuándo y cómo ha de producirse; y, por lo tanto, forma parte de
nosotros porque nos afecta la de quienes nos rodean y porque la actitud que
adoptamos ante el hecho de que hemos de morir determina en parte cómo vivimos.
El dolor y la muerte no son
obstáculos para la vida, sino dimensiones o fases de ella. Obstáculo para la
vida es la actitud de quien se niega a admitir la naturalidad de estos hechos
constitutivos de toda vida sobre la tierra, intentando huir de ellos como si
fuesen totalmente evitables, hasta el punto de convertir tal huida en valor
supremo: esta negación de la propia realidad sí que puede llegar a ser causa de
deshumanización y de frustración vital.
13. ¿Debería, entonces, todo
hombre renunciar a huir del dolor en general, y del dolor de la agonía en
particular?
Todo ser humano huye por instinto
del dolor y de cuanto cause sufrimiento, y esta actitud es adecuada a la
constitución natural del hombre, que está creado para ser feliz y, por tanto,
reacciona con aversión ante lo que atente a su felicidad.
El rechazo de lo doloroso, de lo
que causa sufrimiento, es, en consecuencia, natural en el hombre. Y, por ello,
este rechazo es justo y no censurable. Sin embargo, convertir la evitación de
lo doloroso en el valor supremo que haya de inspirar toda conducta, tratar de
huir del dolor a toda costa y a cualquier precio, es una actitud que acaba
volviéndose contra los que la mantienen, porque supone negar de raíz una parte
de la realidad del hombre, y este error puede llevar fácilmente a cometer
injusticias y actos censurables por antihumanos, aunque pueda parecer
superficialmente otra cosa.
Estas ideas son especialmente
patentes en el caso de la agonía, de los dolores que, eventualmente, pueden
preceder a la muerte. Convertir la ausencia del dolor en el criterio preferente
y aun exclusivo para reconocer un pretendido carácter digno de la muerte puede
llevar a legitimar homicidios - bajo el nombre de eutanasia - y a privar a la
persona moribunda del efecto humanizador que el mismo dolor puede tener.
14. ¿Significa eso que el dolor
tiene algún valor positivo para una vida humana?
El dolor y el sufrimiento, como
cualquier otra dimensión natural de toda vida humana tienen también un valor
positivo si nos ayudan a comprender mejor nuestra naturaleza y sus
limitaciones, si sabemos integrarlos en nuestro proceso de crecimiento y
maduración. Todo hombre se hace a sí mismo durante su vida realizando las
posibilidades de plenitud que están en su constitución natural, o rechazando
tales posibilidades.
Es experiencia universal que el
dolor no puede evitarse totalmente y que puede ser fuente de humanización
personal y de solidaridad social. La persona que sufre y acepta su sufrimiento
llega a ser más humana, pues comprende y hace suya una dimensión básica de la
vida que ayuda a hacer más rica la personalidad. Quien a toda costa pretende
huir del dolor, probablemente destruya sus posibilidades de ser feliz, pues es
imposible tal fin.
La experiencia de la humanidad es
que el dolor, si se admite como una dimensión de la vida contra la que se debe
luchar, pero que es inevitable, es escuela que puede ayudar a que existan vidas
humanas más plenas.
15. Si la muerte es inevitable, y
el dolor es una "escuela de vida", ¿qué sentido tienen los esfuerzos
de la investigación científica para mitigar el dolor y para alejar lo más
posible el momento de la muerte?
El dolor es inevitable en toda
vida humana, pero todos tenemos la clara idea de que el hombre aspira a la
felicidad. Por ello, esforzarse en mitigar el dolor es positivo, pero esta
finalidad es absurda, por imposible, si erradicar el dolor se convierte en bien
absoluto ante el cual deben subordinarse el resto de los fines nobles del
actuar humano. En toda vida humana se dan dimensiones o facetas que no siempre
resultan congruentes entre sí en caso de pretender darles valor absoluto a cada
una de ellas; todo ser humano tiene derecho a defender sus opiniones, pero si
convierte este derecho en valor absoluto, probablemente acabará siendo un
dictador para los demás; todo hombre ansía su bienestar, pero si pone esta
dimensión de su naturaleza por encima de cualquier otra consideración, será
incapaz de cualquier manifestación de generosidad, etc.
Con el dolor pasa lo mismo:
luchar por mitigarlo es positivo, y el esfuerzo de la ciencia moderna en tal
sentido es encomiable, pero convertir esta lucha y este esfuerzo en valor
absoluto es, además de quimérico, injusto, pues obligaba a renunciar a otras dimensiones
valiosas de la vida humana.
Algunas ideologías en el último
siglo han considerado determinadas dimensiones parciales o relativas del ser
humano como valores absolutos y, al hacerlo, han generado clamorosas
injusticias: así ha sucedido con quienes han construido su visión del mundo
exclusivamente sobre la raza, el color, la clase social, la nación o la
ideología. Cualquier filosofía o actitud vital que convierta en absoluta una de
las dimensiones o facetas de la pluriforme realidad humana, conduce a
planteamientos injustos y antihumanistas, pues el humanismo exige equilibrio y
una visión global, integral, del ser humano sobre la tierra.
Esto, que es evidente en las
ideologías totalitarias, no aparece con tanta claridad en las actitudes
actualmente proclives a ver la salud como bien absoluto y la ausencia de dolor
como valor supremo del hombre, pero el fenómeno es el mismo: de estas actitudes
dimana la legitimación de acciones contra quienes no responden a ese ideal
absoluto de "calidad de vida": los deficientes, los enfermos, los
moribundos, los ancianos, etc.
16. ¿Es natural el miedo a morir?
Es natural tener miedo a morir,
pues el hombre en la felicidad, y la muerte se presenta como una ruptura
traumática de destino incierto. La explicación bíblica de la muerte como
consecuencia del pecado y, por tanto, como elemento ajeno a la naturaleza
primigenia del hombre, encaja perfectamente con la psicología personal y
colectiva que acredita una resistencia instintiva ante la muerte.
Sin embargo, puede llevar a
resultados inhumanos convertir en absoluto este rechazo a la muerte, innato en
el hombre: la muerte es un hecho, y un ser humano adulto ha de aceptarla como
tal, pues de lo contrario se situaría contra su propia realidad.
17. ¿Es natural el miedo al modo
de morir?
Desde luego, es natural sentir
miedo a una muerte dolorosa, como es natural tener miedo a una vida sumida en
el dolor. Si esta aversión se lleva al extremo, se convierte la huida del dolor
en un valor absoluto, ante el cual todos los demás han de ceder. El miedo a un
modo de morir doloroso y dramático puede llegar a ser tan intenso que, al
anular todos los demás valores, puede conducir a desear la muerte misma como
medio de evitar tan penosa situación. Este es, de hecho, el principal estímulo
para quienes preconizan la aceptación legal y social de la eutanasia. Pero la
experiencia demuestra que cuando un enfermo que sufre pide que lo maten, en
realidad está pidiendo casi siempre que le alivien los padecimientos, tanto los
físicos como los morales, que a veces superan a aquellos: la soledad, la
incomprensión, la falta de afecto y consuelo en el trance supremo. Cuando el
enfermo recibe alivio físico y consuelo psicológico y moral, deja de solicitar
que acaben con su vida, según la experiencia común.
18. ¿No hay, pues, fronteras
definidas que delimiten cuándo es bueno aceptar el dolor y la muerte, y cuándo
es bueno tratar de evitarlos?
Es bueno aceptar el hecho cierto
e inevitable del dolor, y también es bueno luchar por mitigarlo. Es bueno
luchar por vencer a la enfermedad, y no es bueno eliminar seres humanos
enfermos para que no sufran. Es bueno luchar en favor de la vida contra la
muerte, y no es bueno, porque no es realista, rechazar la muerte como si se
pudiera evitar. Pero no existe un catálogo de soluciones que pueda resolver
todas las dudas y las perplejidades con que nos enfrentamos ante la realidad
del dolor y de la muerte. Lo mismo ocurre con muchas otras situaciones de la
vida, en las que no es posible establecer normas rígidas, sino que hemos de
actuar, basados en el conocimiento de los principios generales, con un criterio
recto y prudente.
19. ¿Y no podían ser los motivos
de nuestra actuación un criterio adecuado?
Es necesario saber que los
motivos por los que actuamos (compasión, deseo de que seres queridos no
sufran...) no pueden cambiar el fin intrínseco de nuestro actuar, que en la
eutanasia es privar de la vida a otro o cooperar a que se suicide. Si los
motivos prevalecieran sobre la naturaleza de los actos hasta el punto de hacer
a éstos social y jurídicamente justificables, no sería posible la convivencia,
pues cualquier acto, fuera el que fuese, podría quedar legitimado en virtud de
los motivos íntimos de su autor. Se puede y se debe comprender y ayudar a quien
obra torcidamente; también se pueden y se deben valorar las circunstancias que
influyen en los actos humanos, y modifican la responsabilidad. Pero la norma
general no puede decir nunca que está bien lo que está mal, por mucho que el
autor de la acción crea hacer algo bueno. El fin - el motivo subjetivo - no
justifica los medios - en este caso, matar -.
Quienes proponen la admisibilidad
ética y jurídica de la eutanasia confunden a menudo la disposición moral íntima
de las personas con lo que las leyes o la sociedad deben tener como aceptable;
y confunden también las circunstancias que pueden atenuar la responsabilidad, e
incluso anularla, con lo que la norma general debe disponer.
20. A pesar de todo, hay quienes
creen que una muerte dolorosa o un cuerpo muy degradado serían más indignos que
una muerte rápida y "dulce", producida cuando cada uno dispusiera.
En su naturaleza última, el dolor
y la muerte humanos encierran un misterio, que no es otro que el misterio del
mismo ser humano puesto en esta tierra; es también el misterio de la libertad y
del amor, que son realidades vivas e íntimas, aunque intangibles, y que no
encuentran explicación suficiente en la física o la química.
El dolor y la muerte no son
criterios aptos para medir la dignidad humana, pues ésta conviene a todos los
seres humanos por el hecho de serlo; el dolor y la muerte serán dignos si son
aceptados y vividos por la persona; pero no lo serán si alguien los
instrumentaliza para atentar contra esa persona.
Una muerte digna no consiste sólo
en la ausencia de tribulaciones externas, sino que nace de la grandeza de ánimo
de quien se enfrenta a ella. Es claro que, llegado el momento supremo de la
muerte, el protagonista de este trance ha de afrontarlo en las condiciones más
llevaderas posibles, tanto desde el punto de vista del dolor físico como
también del sufrimiento moral. Los analgésicos y la medicina paliativa (de la
que se hablará en otro lugar) por un lado, y el consuelo moral, la compañía, el
calor humano y el auxilio espiritual, por otro, son los medios que enaltecen la
dignidad de la muerte de un ser humano que siempre, aun en el umbral de la
muerte, conserva la misma dignidad.
III. La
medicina ante la eutanasia
21. La cuestión de la eutanasia,
¿Es un problema médico?
La eutanasia, tal y como la
plantean los defensores de su legalización, afecta de lleno al mundo de la
Medicina, puesto que las propuestas de sus patrocinadores siempre hacen
intervenir al médico o al personal sanitario. Pero la cuestión de la eutanasia
no es, propiamente hablando, un problema médico, o no tendría que serlo.
La eutanasia merece la misma
calificación ética si la practica un médico o una enfermera en el técnico
ambiente de un hospital que si la practica, por otro medio cualquiera, un
familiar o un amigo de la víctima. En ambos casos se trata de un hombre que da muerte
a otro.
La eutanasia no es una forma de
Medicina, sino una forma de homicidio; y si la practica un médico, éste estará
negando la Medicina.
22. ¿Por qué la eutanasia es la
negación de la Medicina?
Porque la razón de ser de la
Medicina es la curación del enfermo en cualquier fase de su dolencia, la
mitigación de sus dolores, y la ayuda a sobrellevar el trance supremo de la
muerte cuando la curación no es posible. La eutanasia, por el contrario, no
sólo es la renuncia a esa razón de ser, sino que consiste en la deliberada
decisión de practicar justamente lo opuesto a la Medicina, ya que es dar muerte
a otro, aunque sea en virtud de una presunta compasión. Cualquiera es
perfectamente capaz de advertir la diferencia sustancial que existe entre ayudar
a un enfermo a morir dignamente y provocarle la muerte.
La eutanasia no es una técnica,
un recurso de la Medicina: la eutanasia expulsa a la Medicina, la sustituye. La
eutanasia, además, precisamente por ser la negación de la Medicina, se vuelve
contra el médico que la practique.
23. ¿Por qué la eutanasia se
vuelve contra el médico que la practique?
Por dos razones: por un lado es
fácil que el médico se deslice hacia una habitualidad en la práctica de la
eutanasia una vez admitido el primer caso; y, por otro lado, la eutanasia acaba
con la base del acto médico: la confianza del paciente en el médico.
Cuando un médico ha dado muerte a
un paciente por piedad hacia él, ha dado ya un paso que tiene muy difícil
retorno. Los que padecen una misma enfermedad se parecen mucho entre sí en los
síntomas, las reacciones, los sufrimientos. Cuando un médico se ha sentido
"apiadado" de un enfermo hasta el punto de decidir quitarle la vida
para ahorrarle padecimientos, será ya relativamente fácil que experimente idéntico
estado de ánimo ante otro que padezca el mismo mal; y esta circunstancia puede
sobrevenir con relativa frecuencia, porque la especialización profesional
impone a la práctica totalidad de los médicos la necesidad de tratar a enfermos
muy semejantes unos de otros. En tal situación, las virtudes propias del médico
(la no discriminación en el tratamiento a unos u otros enfermos, la previsión
de dolencias o complicaciones futuras) se convierten en factores potencialmente
multiplicadores de la actividad eutanásica, porque es muy difícil determinar la
frontera que separa la gravedad extrema de la situación crítica, o los
padecimientos enormes de los padecimientos insoportables, sean físicos o
anímicos.
Por otro lado, no es posible que
exista la Medicina si el paciente en vez de tener confianza en su médico hasta
poner su vida, salud e integridad física en sus manos, llega a tenerle miedo
porque no sabe si el profesional de la Medicina o la enfermera que se ocupan de
su salud van a decidir que su caso es digno de curación o susceptible de
eutanasia.
Si se atribuyese a los médicos el
poder de practicar la eutanasia, éstos no serían ya una referencia amiga y
benéfica sino, por el contrario, temida y amenazadora, como sucede ya en
algunos hospitales holandeses.
La humanidad ha progresado en
humanitarismo retirando a los gobernantes y los jueces el poder de decretar la
muerte (abolición de la pena de muerte). Los partidarios de la eutanasia
pretenden dar un paso atrás, otorgando tal poder a los médicos. De conseguir
tal propósito lograrían dos retrocesos por el precio de uno: recrearían una
variedad de muerte legal y degradarían, tal vez irreversiblemente, el ejercicio
de la Medicina.
24. ¿No es muy sutil la línea
divisoria entre la eutanasia y la cesación de unos cuidados ya inútiles?
Sólo en contadas situaciones
terminales sin esperanza humana, la apariencia de los gestos del médico puede
guardar semejanza en ambos casos; pero el médico sabe, sin género de dudas, lo
que hay en su intención: sabe si lo que realiza tiene por objeto causar la
muerte del enfermo o si, por el contrario, está renunciando al encarnizamiento
terapéutico. Lo primero nunca será admisible; lo segundo lo es.
25. ¿Qué es el encarnizamiento
terapéutico?
Con esta denominación, o la de
"ensañamiento terapéutico" - que acaso sean menos acertadas que la de
"obstinación terapéutica", que refleja mejor la intención con que se
practica -, se quiere designar la actitud del médico que, ante la certeza moral
que le dan sus conocimientos de que las curas o los remedios de cualquier
naturaleza ya no proporcionan beneficio al enfermo y sólo sirven para prolongar
su agonía inútilmente, se obstina en continuar el tratamiento y no deja que la
naturaleza siga su curso.
Esta actitud es consecuencia de
un exceso de celo mal fundamentado, derivado del deseo de los médicos y los
profesionales de la salud en general de tratar de evitar la muerte a toda
costa, sin renunciar a ningún medio, ordinario o extraordinario, proporcionado
o no aunque eso haga más penosa la situación del moribundo.
En otras ocasiones cabe hablar
más propiamente de ensañamiento terapéutico, cuando se utiliza a los enfermos
terminales para la experimentación de tratamientos o instrumentos nuevos.
Aunque esto no sea normal en nuestros días, la historia, por desgracia, nos
aporta algunos ejemplos.
En cualquier caso, la obstinación
terapéutica es gravemente inmoral, pues instrumentaliza a la persona
subordinando su dignidad a otros fines.
26. ¿No se plantea aquí otra
frontera imprecisa para distinguir la obstinación terapéutica de unos cuidados
solícitos y constantes?
Ciertamente, así es. No hay una
regla matemática para calibrar si existen o no esperanzas fundadas de curación.
La práctica médica cuenta con abundantes experiencias de enfermos que parecían
irrecuperables y que, sin embargo, salieron adelante de trances muy
comprometidos. La solución de esos conflictos sólo puede venir del criterio
claro según el cual hay que hacer un uso proporcionado de los medios
terapéuticos. El médico ha de respetar la dignidad de la persona humana y no
dejarse vencer por un tecnicismo médico abusivo.
27. ¿Y no es ésta una forma de
eutanasia?
No. Refiriéndonos siempre al
enfermo terminal y ante la inminencia de una muerte inevitable, médicos y enfermos
deben saber que es lícito conformarse con los medios normales que la Medicina
puede ofrecer, y que el rechazo de los medios excepcionales o desproporcionados
no equivale al suicidio o a la omisión irresponsable de la ayuda debida a otro,
sino que significa sencillamente la aceptación de la condición humana, una de
cuyas características es la muerte inevitable.
Pueden darse casos concretos en
que sea difícil adoptar una decisión ética y profesionalmente correcta, como
sucede en otros muchos aspectos de la vida: el juez que debe decidir si alguien
es culpable o inocente cuando las pruebas no son claramente taxativas; el
profesor que debe optar entre aprobar o suspender a un alumno y tiene dudas
razonables del acierto o desacierto de cualquiera de las opciones; el padre de
familia que duda entre la severidad o la indulgencia ante un hijo con
problemas, etc.
En estos casos, una norma moral
adecuada es prescindir de los posibles motivos egoístas de la propia decisión y
aconsejarse de otros expertos para decidir prudentemente. Con estos requisitos,
un médico - como un juez, un profesor o un padre - puede equivocarse, pero no
cometerá un crimen.
28. Pero, ¿cómo distinguir los
medios terapéuticos ordinarios de los extraordinarios?
Evidentemente, es inútil establecer
una casuística objetiva de los medios ordinarios y extraordinarios, porque eso
depende de factores tan cambiantes como la situación del paciente, el estado de
la investigación en un momento dado, las condiciones técnicas de un determinado
hospital, el nivel medio de la asistencia sanitaria de uno u otro país, etc. Lo
que respecto a un paciente en unas circunstancias concretas se estima como
medio ordinario, puede tener que considerarse como extraordinario respecto a
otra persona, o pasado un tiempo, o en otro lugar. De hecho, así ocurre
constantemente en la realidad cotidiana.
Ante estos problemas ciertos de
interpretación, algunos prefieren no hablar de medios ordinarios y
extraordinarios, sino más bien de medios proporcionados y desproporcionados a
la situación de cada enfermo, pues de este modo se puede aquilatar mejor la
decisión en cada caso.
De acuerdo con esto, cuando
existe en un enfermo en peligro próximo de muerte la posibilidad cierta de
recuperación (por ejemplo, un paciente joven en coma por un traumatismo
producido en un accidente), la Medicina considera que son proporcionados todos
los medios técnicos posibles, porque existe una esperanza fundada de salvarle
la vida. El problema se manifiesta cuando no se confía ya en la recuperación
sino sólo en un alargamiento de la vida o, más exactamente, de la agonía.
Entonces es cuando la prudencia
del médico debe aconsejarle rechazar la actitud de obstinarse en prodigar unos
medios que ya son inútiles y, en todo caso, respetando la voluntad del propio
enfermo moribundo, si está en condiciones de manifestarla.
Por otra parte es legítimo que un
enfermo moribundo prefiera esperar la muerte sin poner en marcha un dispositivo
médico desproporcionado a los insignificantes resultados que de él se puedan
seguir; como es legítimo también que tome esta decisión pensando en no imponer
a su familia o a la colectividad unos gastos desmesurados o excesivamente
gravosos. Esta actitud, por la ambigüedad del lenguaje, podría confundirse,
para los no avisados, con la actitud eutanásica por razones socio - económicas,
pero existe una diferencia absolutamente esencial: la que va de la aceptación
de la muerte inevitable a su provocación intencionada.
29. ¿Existen, pues, unos derechos
del enfermo moribundo?
Ciertamente. El derecho a una
auténtica muerte digna incluye:
. el derecho a no sufrir
inútilmente;
. el derecho a que se respete la
Libertad de su conciencia;
. el derecho a conocer la verdad
de su situación;
. el derecho a decidir sobre sí
mismo y sobre las intervenciones a que se le haya de someter;
. el derecho a mantener un
diálogo confiado con los médicos, familiares, amigos y sucesores en el trabajo;
. el derecho a recibir asistencia
espiritual.
El derecho a no sufrir
inútilmente y el derecho a decidir sobre sí mismo amparan y legitiman la
decisión de renunciar a los remedios excepcionales en la fase terminal, siempre
que tras ellos no se oculte una voluntad suicida.
30. Y estos derechos ¿no pueden
legitimar alguna forma de eutanasia "pasiva" (por omisión)?
No. Cuando la muerte aparece como
inevitable porque ya no hay remedios eficaces, el enfermo puede determinar, si
está en condiciones de hacerlo, el curso de sus últimos días u horas mediante
alguna de estas decisiones:
. aceptar que se ensayen en él
medicaciones y técnicas en fase experimental, que no están libres de todo
riesgo. Aceptándolas, el enfermo podrá dar ejemplo de generosidad para el bien
de la Humanidad;
. rechazar o interrumpir la
aplicación de esos remedios;
. contentarse con los medios
paliativos que la Medicina le pueda ofrecer para mitigar el dolor, aunque no
tengan ninguna virtud curativa; y rechazar medicaciones u operaciones en fase
experimental, porque sean peligrosas o resulten excesivamente caras. Este
rechazo no equivale al suicidio, sino que es expresión de una ponderada
aceptación de la inevitabilidad de la muerte;
. en la inminencia de la muerte,
rechazar el tratamiento obstinado que únicamente vaya a producir una
prolongación precaria y penosa de su existencia, aunque sin rehusar los medios
normales o comunes que le permiten sobrevivir.
En estas situaciones está ausente
la eutanasia, que implica - repitámoslo - una deliberada voluntad de acabar con
la vida del enfermo. Es un atentado contra la dignidad de la persona la
búsqueda deliberada de su muerte, pero es propio de esa dignidad el aceptar su
llegada en las condiciones menos penosas posibles. Y es en el fondo del corazón
del médico y del paciente donde se establece esta diferencia entre provocar la
muerte o esperarla en paz y del modo menos penoso posible, mediante unos cuidados
que se limiten a mitigar los sufrimientos finales.
31. ¿Cómo se puede paliar el
dolor del enfermo terminal?
Uno de los derechos del enfermo
es el de no sufrir un dolor físico innecesario durante el proceso de su
enfermedad. Pero la experiencia nos muestra que el enfermo, especialmente el
enfermo en fase terminal, experimenta, además del dolor físico, un sufrimiento
psíquico o moral intenso, provocado por la colisión entre la proximidad de la
muerte y la esperanza de seguir viviendo que aún alienta en su interior. La
obligación del médico es suprimir la causa del dolor físico o, al menos,
aliviar sus efectos; pero el ser humano es una unidad, y al médico y demás
personal de enfermería compete, junto a los familiares, también la
responsabilidad de dar consuelo moral y psicológico al enfermo que sufre.
Frente al dolor físico, el
profesional de la sanidad ofrece la analgesia; frente a la angustia moral, ha
de ofrecer consuelo y esperanza. La deontología médica impone, pues, los
deberes positivos de aliviar el sufrimiento físico y moral del moribundo, de
mantener en lo posible la calidad de la vida que declina, de ser guardián del
respeto a la dignidad de todo ser humano.
32. ¿Qué significa "
Medicina paliativa"?
La Medicina paliativa es una
forma civilizada de entender y atender a los pacientes terminales, opuesta
principalmente a los dos conceptos extremos ya aludidos: obstinación
terapéutica y eutanasia.
Esta es una nueva especialidad de
la atención médica al enfermo terminal y a su entorno, que contempla el
problema de la muerte del hombre desde una perspectiva profundamente humana,
reconociendo su dignidad como persona en el marco del grave sufrimiento físico
y psíquico que el fin de la existencia humana lleva generalmente consigo.
En definitiva, la Medicina
paliativa es, ni más ni menos, un cambio de mentalidad ante el paciente
terminal. Es saber que, cuando ya no se puede curar, aún podemos cuidar; es la
consciencia de cuándo se debe iniciar ese cambio: si no puedes curar, alivia; y
si no puedes aliviar; por lo menos consuela. En ese viejo aforismo se condensa
toda la filosofía de los cuidados paliativos.
La Medicina paliativa, que parece
tener sus antecedentes en la Gran Bretaña, está aún escasamente contemplada en
la organización sanitaria española, y sería deseable que los poderes públicos
reconocieran con mayor sensibilidad su existencia. Se asienta básicamente en el
reconocimiento de la triple realidad que configura el proceso de la muerte
inminente en la sociedad actual: un paciente terminal con dolor físico y
sufrimiento psíquico, una familia angustiada que no acaba de aceptar la
situación y sufre por el ser querido, y un médico educado para luchar contra la
muerte. Todos ellos están inmersos en una sociedad que parece no querer admitir
el fracaso cuando la muerte se considera un fracaso.
En las Unidades de Cuidados
Paliativos, que son áreas asistenciales incluidas física y funcionalmente en
los hospitales, se proporciona una atención integral al paciente terminal. Un
equipo de profesionales asiste a estos enfermos en la fase final de su
enfermedad, con el único objetivo de mejorar la calidad de su vida en este
trance último, atendiendo todas las necesidades físicas, psíquicas, sociales y
espirituales del paciente y de su familia. Todas las acciones de la Medicina
paliativa van encaminadas a mantener y, en lo posible, aumentar, el sosiego del
paciente y de su familia.
34. ¿Y cuáles son las necesidades
que estos pacientes terminales presentan?
Son necesidades físicas,
psíquicas, espirituales o religiosas, y sociales.
Las necesidades Físicas derivan
de las graves limitaciones corporales y, sobre todo, del dolor, especialmente
en las muertes por cáncer, donde éste está presente en el 80 por ciento de los
enfermos terminales. Con tratamientos adecuados se pueden llegar a controlar un
95 por ciento de los dolores.
Las necesidades psíquicas son
evidentes. El paciente necesita sentirse seguro, necesita confiar en el equipo
de profesionales que le trata, tener la seguridad de una compañía que lo apoye
y no lo abandone. Necesita amar y ser amado, y tiene necesidad de ser
considerado, lo que afianza su autoestima.
Las necesidades espirituales son
indudables. El creyente necesita a Dios. Es una grave irresponsabilidad civil y
política que la atención religiosa de los pacientes no esté claramente presente
en todas las clínicas e instituciones hospitalarias.
Las necesidades sociales del
paciente terminal no son menos importantes para dar sosiego al penoso trance.
La enfermedad terminal produce a quien la padece y a su familia unos gastos y
no pocos desajustes familiares. Toda la atención de los componentes de la
unidad familiar se concentra generalmente en el miembro enfermo y, si la
supervivencia se alarga, el desajuste puede ser duradero. El paciente lo ve y
también lo sufre.
35. ¿La Medicina paliativa es la
alternativa a la eutanasia?
En realidad, no. La Medicina
paliativa es más propiamente alternativa al llamado "encarnizamiento
terapéutico" u "obstinación terapéutica". No es alternativa a la
eutanasia, porque la eutanasia no es sino un grave atentado a la vida humana y
a su dignidad.
Se puede decir que la Medicina
paliativa ha existido siempre y ha sido ejercida tradicionalmente por los
médicos, aunque no se haya considerado técnicamente como una especialidad. Sus
principios están impresos en el juramento hipocrático y en la concepción
histórica del ejercicio médico. Pero, ciertamente, como especialización dentro
de la organización sanitaria representa una novedad, que es hacer frente a las
peculiaridades del proceso de la muerte en el campo sanitario. Este proceso se
ha complicado de forma extraordinaria, y exige la aparición de un nuevo médico,
atento al máximo a los adelantos científicos y conocedor profundo de las
necesidades del paciente terminal.
36. ¿No puede considerarse,
entonces, una forma de eutanasia el aplicar sustancias analgésicas, a sabiendas
de que eso puede acortar la vida del paciente?
No. Cuando el tratamiento del
dolor es ya prácticamente lo único que se puede hacer por el enfermo terminal,
el efecto secundario que ciertos analgésicos tengan respecto del acortamiento
de la vida no puede considerarse como una forma de eutanasia, porque no se
persigue el destruir esa vida, sino aliviar el dolor; y este propósito
paliativo puede, ante la inminencia de la muerte, ser preferente para esperar
la llegada de la muerte en las condiciones menos angustiosas.
Es lo mismo que sucede con quien
- alpinistas, bombero... - asume un riesgo cierto, pero pretende una cosa buena
sin ánimo suicida alguno. Esto es legitimo aunque eventualmente pueda ser causa
de muerte.
Por otra parte, se puede en muy
buena medida dar por superada la vieja pugna entre tratar el dolor y acortar la
vida: los recientes avances en el tratamiento eficaz del dolor y de la
enfermedad terminal han reducido casi por completo el riesgo de anticipar
indebidamente la muerte de ciertos pacientes.
37. ¿En qué consiste el argumento
de la "muerte digna" a que se refieren los partidarios de la
eutanasia para intentar justificarla?
Este argumento es uno de los
principales que se utilizan hoy para promover la legalización de la eutanasia.
En síntesis puede formularse de esta manera: La técnica médica moderna dispone
de medios para prolongar la vida de las personas, incluso en situación de grave
deterioro físico. Gracias a ella es posible salvar muchas vidas que hace unos
años estaban irremisiblemente perdidas; pero también se dan casos en los que se
producen agonías interminables y dramáticas, que únicamente prolongan y
aumentan la degradación del moribundo. Para estos casos, la legislación debería
permitir que una persona decidiera, voluntaria y libremente, ser ayudada a
morir. Esta sería una muerte digna, porque sería la expresión final de una vida
digna.
38. ¿Es aceptable este argumento?
No lo es, porque en él, junto a
consideraciones razonables acerca de la crueldad de la obstinación terapéutica,
se contiene una honda manipulación de la noción de dignidad. En este argumento
subyace la grave confusión entre la dignidad de la vida y la dignidad de la
persona. En efecto, hay vidas dignas y vidas indignas, como puede haber muertes
dignas y muertes indignas.
Pero por indigna que sea la vida
o la muerte de una persona, en cuanto tal persona tiene siempre la misma
dignidad, desde la concepción hasta la muerte, porque su dignidad no se
fundamenta en ninguna circunstancia, sino en el hecho esencial de pertenecer a
la especie humana. Por eso los derechos humanos, el primero de los cuales es el
derecho a la vida, no hacen acepción de personas, sino que, muy al contrario,
están establecidos para todos, con independencia de su condición, su estado de
salud, su raza o cualquier otra circunstancia.
Es digno, ciertamente, renunciar
a la obstinación terapéutica sin esperanza alguna de curación o mejora y
esperar la llegada de la muerte con los menores dolores físicos posibles; como
es digno también el preferir esperar la muerte con plena conciencia y
experiencia del sufrimiento final. Nada de eso tiene que ver con la eutanasia;
la provocación de la muerte de un semejante, por muy compasivas que sean las
motivaciones, es siempre ajena a la noción de dignidad de la persona humana.
39. ¿Estamos, pues, ante un
ejemplo concreto de manipulación del lenguaje?
Consciente o inconscientemente,
sí. So capaz de rechazar el empecinamiento terapéutico sin expectativa ninguna
de mejoría, lo que se patrocina en realidad es el acto positivo (por acción u
omisión, tanto da) de dar muerte a otro, como si eso mereciese la misma
consideración que la de abstenerse de emplear medios irrazonables de prolongar
una existencia precaria y dejar que el moribundo pueda vivir lo más dignamente
posible su propia muerte cuando ésta llegue.
Por otra parte, la expresión
"ayudar a morir" es otro ejemplo concreto de tergiversación del
sentido de las palabras, pues no es lo mismo ayudar a morir a alguien que
matarlo, aunque se le dé muerte por aparente compasión y a petición suya. La
expresión "ayudar a morir" evoca una actitud filantrópico y
desinteresada, generosa y compasiva, que se desvanecería inmediatamente si lo
que se lleva a cabo mediante la eutanasia se expresara con la palabra dura,
desde luego, pero precisa, que es matar.
IV. La
sociedad ante la eutanasia
40. La cuestión de la eutanasia
¿es un problema social?
La eutanasia fue un problema
social en aquellas sociedades primitivas en que se practicaba la eliminación de
vidas consideradas inútiles, costumbre que estuvo admitida respecto a los
recién nacidos con malformaciones o los ancianos en distintos pueblos de la
antigüedad, hasta que la influencia del cristianismo acabó con tales prácticas
inhumanas. Desde la llegada del cristianismo, la eutanasia dejó de ser un
problema social hasta el siglo XX, en que algunos vuelven a convertirla en
problema al pretender su legalización.
Desde los años 30 de este siglo
se vienen constituyendo asociaciones en defensa de la eutanasia y se han
propuesto leyes permisivas, que habitualmente han sido rechazadas, en distintos
países. Sin embargo, la actitud a favor de la eutanasia de estos pequeños
grupos, y cierta mentalidad de relativización del respeto debido al ser humano
(que se expresa, por ejemplo, en el aborto), van calando en la sociedad,
convirtiendo de nuevo a la eutanasia en un problema social que vuelve a
aparecer después de haber sido superado durante siglos.
41. La aceptación de la
eutanasia, ¿no es, pues, un signo de civilización?
No. Lo que es un signo de
civilización es justamente lo contrario, es decir, la fundamentación de la
dignidad de la persona humana en el hecho radical de ser humana, con
independencia de cualquier otra circunstancia como raza, sexo, religión, salud,
edad, habilidad manual, o capacidad mental o económica. Esta visión esencial
del hombre significa un progreso cualitativo importantísimo, que distingue
justamente a las sociedades civilizadas de las primitivas, en las que la vida
del prisionero, el esclavo, el deficiente o el anciano, según épocas y lugares,
era despreciada.
Los progresos científicos y
técnicos en la lucha contra el dolor, tan propios de la era moderna, pueden dar
esta falsa apariencia de civilización a la eutanasia, en la medida en que se la
presenta como una forma más de luchar contra el dolor y el sufrimiento. Pero ya
sabemos que eutanasia no es eso, sino eliminar al que sufre para que deje de
sufrir. Y eso es incompatible con la civilización, pues revela un desprecio
profundo hacia la dignidad radical del ser humano. Un ser humano no pierde la
dignidad por sufrir; lo indigno es basar su dignidad en el hecho de que no
sufra.
Es más, resulta especialmente
contradictorio defender la eutanasia precisamente en una época como la actual,
en la que la Medicina ofrece alternativas, como nunca hasta ahora, para tratar
a los enfermos terminales y aliviar el dolor. Es probable que este
resurgimiento de las actitudes eutanásicas sea una consecuencia de la
conjunción de dos factores: por un lado, los avances de la ciencia en retrasar
el momento de la muerte; por otro, la mentalidad contemporánea dé escapar, de
huir del dolor a todo trance y de considerar el sufrimiento como un fracaso. De
esta negación de la realidad surge la contradicción.
42. ¿Se pueden prever los efectos
sociales de aceptar la eutanasia?
En épocas recientes la eutanasia
no ha sido legal en ningún país - salvo la experiencia nazi -, pero podemos
fácilmente prever lo que pasaría si contrastamos los datos que nos aporta la
legalización del aborto en este siglo y el conocido como "caso
holandés", experiencia social de admisión práctica de la eutanasia que
recientemente ha recibido una cierta cobertura legal.
La experiencia del aborto
acredita que las leyes permisivas se aprueban presuntamente para dar solución a
determinados casos extremos especialmente dramáticos para la sensibilidad
común, pero acaban creando una mentalidad que trivializa el aborto provocado
hasta convertirlo en un hecho socialmente admisible que se realiza por motivos
cada vez más nimios. Con la eutanasia no tiene por qué ocurrir algo distinto:
la legislación permisivo se nos presentaría como una solución para "casos
límite" de "vida vegetativa", "encarnizamiento
terapéutico", etc. y acabaría siendo una opción normal ante casos de
enfermedad o declive biológico más o menos irreversible.
El proceso descrito responde a la
más elemental psicología humana: cuando algo prohibido se permite y empieza a
practicarse, se va considerando cada vez más como normal, máxime si resulta un
buen negocio para algunos, ayuda a eliminar situaciones engorrosas para otros y
además es defendido por algunas corrientes ideológicas.
En Holanda se está viviendo desde
hace años una triste experiencia de admisibilidad práctica de la eutanasia -
caso único en el mundo -. Un testigo de esta realidad, Richard Fenigsen, cardiólogo
holandés, la describe: "Los médicos de cabecera holandeses practican la
eutanasia activa voluntaria en unos 5.000 pacientes al año. La cifra más
elevada de 10.000 probablemente también incluya a los pacientes de hospitales.
Sin embargo, se han llegado a mencionar cifras del orden de los 18.000 a 20.000
casos al año. (...) El 81% de los médicos de cabecera holandeses ha realizado
la eutanasia en algún momento de su carrera profesional; un 28% realiza la
eutanasia a dos pacientes al año y un 14% de tres a cinco pacientes al año.
(...)
Un gran número de personas en
Holanda lleva consigo un testamento en el que pide que se le realice la
eutanasia "en caso de lesiones corporales o perturbaciones mentales de las
que no se pueda esperar una recuperación suficiente para llevar una existencia
digna y razonable". Recientemente estos testamentos escritos han sido
reemplazados por pequeñas "tarjetas de crédito para una muerte
fácil". En 1981 el número de personas portadoras de estas tarjetas era de
30.000, pero se calcula que este número es mucho más alto ahora. (...)
La aceptación de la eutanasia
activa "voluntaria" crece entre los holandeses. Según dos encuestas
realizadas en años consecutivos, en 1985 un 70% de los holandeses aceptaba la
eutanasia activa, mientras que en 1986 lo hacía un 76% (...) Mucha gente acepta
que se deba negar el tratamiento a personas con minusvalías serias, a personas
mayores e incluso a individuos sin familia. Es más, las encuestas demuestran
que la mayoría de las personas que defienden la eutanasia voluntaria, la
libertad de elección y el derecho a morir, también aceptan la eutanasia activa
involuntario, es decir, la negación de la libertad de elección y del derecho a
la vida" (...)
Los médicos holandeses dejan
morir al menos a 300 bebés minusválidos recién nacidos; deniegan operaciones de
enfermedades congénitas de corazón a niños con síndrome de Down, negándose a
anestesiarlos; y se niegan a Implantar marcapasos a pacientes mayores de 75
años o a tratar de edema pulmonar a pacientes ancianos que carezcan de
familiares cercanos. Algunos médicos justifican estas acciones diciendo que es
interés de los pacientes el morir cuanto antes, pero frecuentemente la
explicación es que no se debe imponer a la sociedad la carga de mantener vivos
a estos pacientes. Estas decisiones se toman sin el conocimiento de los
pacientes y en contra de su voluntad".
Legalizada la eutanasia, se
abrirían las puertas a prácticas siniestras, pues la compasión podría ser
utilizada como disculpa para justificar la eliminación de los débiles, los
deficientes, los terminales. Se hablan "comprensibles" presuntos
intereses públicos en la eliminación de los que representan una carga para la
sociedad sin aportar utilidad material alguna; hasta llegar a crear la presión
psicológica suficiente para que se sientan casi obligados a pedir su
eliminación quienes, por su edad o estado, se sientan carga
"insoportable" para los demás. No se trata de un puro ejercicio de
imaginación, y el testimonio citado así lo indica.
43. ¿Cuáles son, desde la óptica
del paciente terminal, los principales efectos de la aceptación de la
eutanasia?
El principal efecto es el miedo.
Miedo a que los que le rodean puedan diagnosticar que es acreedor a la
eutanasia; miedo a los profesionales de la sanidad; miedo a los familiares;
miedo a las instituciones asistenciales.
En efecto, una sociedad en la que
la eutanasia es delito transmite el mensaje de que toda vida tiene valor, que
el enfermo terminal puede tener la tranquilidad de que los médicos y sus
familiares se empeñarán en apoyar su vida y su muerte dignas y en las mejores
condiciones. Por el contrario, una sociedad en que la eutanasia no se persigue
ni se castiga por los poderes públicos, está diciendo a sus miembros que no
importa gran cosa que sean eliminados si ya no se les ve futuro o utilidad. En
una sociedad con la eutanasia legalizada, el anciano o el enfermo grave tendían
un muy justificado miedo a que el profesional de la sanidad o cualquier persona
de la que dependieran por una u otra razón, no fueran una ayuda para su vida,
sino unos ejecutores de su muerte.
44. Pero todo eso afecta a la
eutanasia no deseada voluntariamente. Si lo que se admitiera fuera sólo la
eutanasia voluntaria, ¿no se producirían efectos sociales positivos?
Este es un error bastante
extendido, que la experiencia misma se ha encargado de desmentir una y otra
vez. En efecto:
a) La experiencia de los casos de
eutanasia que se han visto ante los Tribunales de los países de nuestro entorno
en las últimas décadas acredita que los partidarios de la eutanasia dan con
suma facilidad el paso que va de aceptar la petición voluntaria de un paciente
para ser" ayudado a morir", " ayudar a morir" quien, a su
juicio, debería hacer tal petición dado su estado, aunque de hecho no lo
solicite. Así ha sucedido en los conocidos casos de eutanasia de enfermos de
SIDA en Holanda, del Doctor Hackethal y la enfermera M. Roeder en Alemania o de
las enfermeras del Hospital austríaco de Lainz, entre otros. Si a una persona
en una situación dada es legítimo matarla a su petición, nada tiene de extraño
que a quien está en la misma situación - pero sin posibilidad de pedir la
muerte - se le presuponga igualmente un deseo de morir.
b) La experiencia de la Alemania
de los años 30 y 40 de este siglo demuestra cómo se puede pasar, fácil y
rápidamente, de las teorías científicas pro eutanasia a la práctica de una
eutanasia realizada por motivos cada vez más subjetivos, relativos y baladíes.
Ciertamente eso se vio favorecido por un entorno dictatorial, pero un entorno
distinto no asegura que el fenómeno no pueda repetirse.
c) La experiencia de Holanda,
donde está ya creada una mentalidad permisivo de la eutanasia, es que se crea
paralelamente una lo coacción moral" que lleva a los terminales o "
inútiles" a sentirse obligados a solicitar la eutanasia. Un grupo de
adultos con minusvalías importantes manifestaba recientemente ante el
Parlamento holandés: "Sentimos que nuestras vidas están amenazadas... Nos
damos cuenta de que suponemos un gasto muy grande para la comunidad... Mucha
gente piensa que somos inútiles... Nos damos cuenta a menudo de que se nos
intenta convencer para que deseemos la muerte... Nos resulta peligroso y
aterrador pensar que la nueva legislación médica pueda incluir la eutanasia".
La experiencia muestra que las
campañas a favor de la eutanasia siempre se han iniciado asegurando sus
promotores que, en todos los casos, debe ser voluntaria, es decir, querida y
solicitada expresamente por quien va a recibir la muerte por este procedimiento.
Pero también la experiencia acredita que el paso siguiente - pedir la eutanasia
para quien no está en condiciones de expresar su voluntad: el deficiente, el
recién nacido, el agónico inconsciente - es sólo cuestión de tiempo, porque ya
ha quebrado el principio del respeto al derecho fundamental a la vida. Es más:
cuando se inician los debates acerca de la legalización de la eutanasia siempre
se produce la misma contradicción: se insiste en legalizar sólo la eutanasia
voluntaria, pero para ilustrar los "casos límite" se ponen, en
cambio, ejemplos de enfermos terminales inconscientes y, por lo tanto,
incapaces de manifestar su voluntad.
La diferencia entre eutanasia
voluntaria e involuntario no existe en la práctica: una vez legalizada la primera,
fácilmente se cae en la segunda, puesto que los casos prácticos surgen
inmediatamente, y ya está relajada la capacidad social de defender la vida de
los inocentes.
45. ¿Cómo afecta la eutanasia a
la institución familiar?
Dado que todos los ordenamientos
jurídicos reconocen - en una u otra medida - el derecho de los familiares más
cercanos a decidir por el enfermo o incapaz no posibilitado de expresar por sí
mismo su voluntad, la posibilidad teórica de que los familiares decidan que
procede la eutanasia introduce en las relaciones familiares un sentimiento de
inseguridad, confrontación y miedo, totalmente ajeno a lo que la idea de
familia sugiere: solidaridad, amor, generosidad. Esto es así sobre todo si se
tiene en cuenta la facilidad con que se pueden introducir motivos egoístas al
decidir unos por otros en materia de eutanasia: herencias, supresión de cargas
e incomodidades, ahorro de gastos...
Desde otra perspectiva, en una
familia donde se decide aplicar la eutanasia a uno de sus miembros, la tensión
psicológica y afectiva que se genera al haber propiciado un homicidio puede
ser, y es de hecho, fuente de problemas e inestabilidades emocionales, dadas
las inevitables connotaciones éticas de tal conducta.
46. Pero ¿no puede responder
cierta aceptación social de la eutanasia a un verdadero sentimiento de
compasión hacia el que sufre y no tiene remedio?
Desde el punto de vista puramente
subjetivo, puede ser: alguien - médico, familiar - puede estar convencido de
que hace un bien a otro procurando su muerte. Pero si convirtiésemos la
sensibilidad personal, los sentimientos subjetivos, en fuente de la moralidad
de los propios actos, se podría llegar a conclusiones objetivamente inhumanas:
un príncipe europeo medieval podía creer sinceramente que aplicando tormento al
reo le hacia un bien, puesto que de esta manera diría la verdad y salvara su
alma en el patíbulo; un estadounidense del siglo XVIII podía pensar que tener
esclavos era una forma de ayudarlos a sobrevivir; y un padre de familia de
finales de este siglo puede pensar que matar a un hijo recién nacido subnormal
es ayudarle a evitar sufrimientos futuros.
Los sentimientos del príncipe
medieval, del americano del siglo XVIII y del padre infanticida contemporáneo
aludidos pueden ser subjetivamente bondadosos, pero son objetivamente
inhumanos. Lo mismo sucede respecto a la eutanasia: quien decide practicarla o
ayuda a que se practique puede actuar creyendo que beneficia a quien da muerte,
pero objetivamente su acción es repudiable, pues está arrogándose el derecho de
decidir qué es bueno o malo para el otro. Si la convivencia social hubiera de
fundamentarse sobre los sentimientos subjetivos, con olvido de las realidades
morales objetivas, no habría posibilidad de establecer normas generales de comportamiento
y estaríamos en la selva, donde imperaría la ley del más fuerte, ya que por
definición toda acción voluntaria es vista por su autor como un bien.
47. ¿Es, pues, posible la
instauración del egoísmo bajo apariencia de piedad?
Sí, es perfectamente posible,
porque los hombres tendemos con mucha facilidad a justificar cualquier medio
cuando el fin nos parece bueno. En este siglo hemos visto a relevantes
intelectuales cerrando los ojos ante los crímenes estalinistas, o incluso
justificándolos, por compartir el fin "progresista" que ellos
suponían en la política de Stalin; o a quienes han justificado atentados a los
derechos humanos perpetrados por ciertos regímenes de Sudamérica, por compartir
el proclamado fin anticomunista de esas dictaduras.
En el terreno del derecho a la
vida y a la integridad física este fenómeno ya se está produciendo: como es
bueno tener hijos y el deseo de ellos es natural, hay matrimonios que creen
positivo tener hijos por medio de las técnicas de reproducción asistida, aunque
éstas lleven consigo inevitablemente la destrucción de embriones; padres buenos
y piadosos solicitan para sus hijos subnormales la esterilización, porque
tratan con ello de evitar el embarazo de la incapaz; madres a quienes se
diagnostica la grave deficiencia del niño que crece en su seno abortan para
evitarle una vida desgraciada. En todos estos casos el fin - visto como bueno
subjetivamente - lleva a cometer gravísimos males objetivos.
En principio, todos afirman que
el fin no justifica los medios, pero en la vida práctica y concreta - en el
caso particular que a cada uno preocupa - por desgracia no se guarda coherencia
entre el eso muchas personas buenas defienden que, si no les afectasen
personalmente, les parecerían inadmisibles.
Con la eutanasia se está
produciendo un fenómeno como el descrito: algunas personas que se horrorizarían
sólo de pensar que alguien pueda matar a su padre, su esposa o su hijo,
comprenden la eutanasia bajo la presión de la imagen del dolor, la enfermedad o
la degradación: física, sin ser consecuentes con la realidad de que la
eutanasia implica matar, por muchos eufemismos con que se disfrace esta acción.
48. Pero hay ocasiones en que la
vida de algunos enfermos o discapacitados es casi sólo vegetativa. ¿No deberían
considerarse estas situaciones con otro criterio?
En efecto, hay personas que
piensan, incluso de buena fe, que hay situaciones en las cuales la vida humana
está tan deteriorada, que no puede decirse que sea propiamente humana, es
decir, propia de seres racionales y libres: un enfermo con una lesión cerebral
irreversible, en estado de inconsciencia, conectado a un respirador, puede
mantenerse así mucho tiempo, pero vive una vida puramente vegetativa, es como
un vegetal; su vida no puede decirse que sea propiamente humana; un deficiente
profundo, incapaz de expresarse y aun de conocer, inmerso irreversiblemente en
las tinieblas de su mente dañada, sólo con sarcasmo puede decirse que lleve una
vida humana. Para quienes así razonan, el mantener a estas personas con vida
es, más que un acto de protección y respeto, una forma de tortura disfrazada de
humanitarismo. Es necesario, pues - concluyen -, plantearse seriamente la
legalización de la eutanasia para estos casos extremos y definitivos, por
doloroso que sea, porque una vida así no merece ser vivida.
49. ¿Y no es aceptable este
argumento?
No lo es, porque el derecho a la
vida deriva directamente de la dignidad de la persona, y todos los seres
humanos, por enfermos que estén, ni dejan de ser humanos ni su vida deja de
merecer el máximo respeto. Olvidar este principio por la visión dramática de
minusvalías profundas conduce inexorablemente a hacer depender el derecho a la
vida de la calidad de ésta, lo que abre la posibilidad de colocar la frontera
del derecho a la vida con arreglo a "controles de calidad" cada vez
más exigentes, según el grado de egoísmo o de comodidad que impere en la
sociedad.
Este proceso se llevó al extremo
con los programas eutanásicos a gran escala de la época nazi, que se iniciaron
también con un caso límite de "muerte por compasión", el de un niño
ciego y subnormal con sólo dos extremidades, internado a finales de 1938 en la
crónica pediátrica de la Universidad de Leipzig; la abuela de ese niño solicitó
a Hitler que le garantizase la "muerte por compasión", cosa que
ocurrió seguidamente. A partir de entonces, Hitler ordenó poner en marcha un
programa que aplicase los mismos criterios de misericordia" a casos
similares. El 18 de agosto de 1939 se dispuso la obligación de declarar a todos
los recién nacidos con defectos físicos.
La experiencia del nazismo no es
de la remota antigüedad o de un pueblo salvaje y primitivo, sino de mediados
del siglo XX y de uno de los pueblos más tecnificados y cultos de su época.
Tampoco se refiere a un pueblo señaladamente sanguinario e inhumano, sino a un
pueblo normal, en el que sólo unos 350 de los 90.000 médicos alemanes aceptaron
la realización de estos crímenes, con los resultados escalofriantes que después
se han conocido. Y todo esto fue posible porque se aceptó la teoría de las
"vidas humanas sin valor vital", es decir, las vidas que, por su
precariedad, no merecen ser vividas.
Este argumento en favor de la
eutanasia se sustenta también en otro error grave, que es el de concebir al
cuerpo humano como un objeto, contrapuesto al propio hombre como sujeto; según
eso, el hombre seria el sujeto, que "tiene" un cuerpo al que puede
utilizar, manipular, incluso suprimir, en aras de la dignidad de ese sujeto
personal. Este error profundo niega la realidad humana, al negar que el ser
humano es cuerpo y espíritu, cuerpo y mente, y que ambos elementos constituyen
al ser humano de manera indisociable.
La persona humana no es el mero
espíritu, al que convendrían las cualidades de la persona como sujeto: libertad,
responsabilidad, valor moral, etc., mientras que el cuerpo sería un mero
objeto, perteneciente al orden de las cosas, y por lo tanto carente de valor
moral y de dignidad merecedora de respeto. Si se incurre en este error
antropológico, es inevitable acabar defendiendo la eliminación de aquellos
seres humanos a quienes la cárcel de sus cuerpos defectuosos impide el
desarrollo pleno de su humanidad. Pero la persona humana no es un sujeto
pensante y libre que se haya instalado en un cuerpo; la persona humana es
(también) cuerpo, y por eso el respeto a la dignidad de la persona es
absolutamente incompatible con la falta de respeto radical al cuerpo, hasta el
punto de suprimirlo por ser gravemente deficiente.
50. Si son así las cosas, ¿no se
manipula también el significado de las palabras al hablar de "vidas
verdaderamente humanas"?
Sin duda alguna. La expresión
"vida vegetativa", que es un tecnicismo que expresa la realización de
determinadas funciones vitales, evoca la noción de "vegetal", con lo
que se trivializa la muerte de un ser humano deficiente, al asimilarlo
vagamente a una especie de planta. Por otra parte, la expresión "vida
verdaderamente humana", aplicada a estos casos, se emplea metafóricamente,
en el sentido de que es una vida humana plenamente lograda, en posesión de
todas sus posibilidades, en contraste con una vida disminuida de hecho. Pero es
evidente que la vida de un ser humano, por deteriorada que esté, no puede dejar
de ser una vida humana. Y mediante esta metáfora se pretende justificar una
consecuencia - la muerte física - que nada tiene de metafórico.
51. ¿No puede ser la eutanasia
una manifestación de solidaridad social?
Los defensores de la eutanasia
así lo exponen conforme a la siguiente argumentación: la enfermedad, invalidez
o vejez de algunas personas ha llegado a extremos que convierten esas vidas en
vidas sin sentido, inútiles y aun seriamente gravosas, no sólo para los
familiares y allegados, sino también para las arcas públicas, que tienen que
soportar cuantiosísimos dispendios en prestaciones sanitarias de la Seguridad
Social y subsidios de diversa índole, con la carga que eso supone para los
contribuyentes. Estas situaciones se prolongan, además, gracias a los avances
de la investigación científica que han logrado alargar considerablemente las
expectativas de vida de la población. Por consiguiente, el Estado tiene el
derecho, y aun el deber, de no hacer que pese sobre la colectividad la carga
del sostenimiento de estas vidas sin sentido. El efecto de esta acción
redundará en beneficio del conjunto de la colectividad, lo que no deja de ser
una manifestación de solidaridad social.
El argumento de las "vidas
improductivas", por razones fáciles de comprender, nunca se plantea en los
inicios del debate social sobre la eutanasia, pero tampoco faltan quienes, en
foros restringidos o en ambientes académicos, mencionan las "vidas sin
sentido" como candidatas a la eutanasia por razones socioeconómicas.
52. ¿Es aceptable esta
argumentación?
No lo es en manera alguna. El
sacrificio de seres humanos enfermos, ancianos o impedidos para que no resulten
gravosos a los familiares, o para mejorar las condiciones económicas de la
colectividad es una manifestación de totalitarismo, es decir, de prevalencia de
la colectividad sobre los individuos hasta el extremo de despreciar el derecho
de éstos incluso a vivir si son un estorbo para aquella. Por duro que resulte,
se hace preciso recordar lo que ocurrió en el régimen hitleriano, donde bajo el
nombre de eutanasia lo que se acabó realizando fue el genocidio de los
considerados "parásitos inútiles", esto es, "vidas sin
sentido", según el eufemismo de quienes propugnan la eutanasia por razones
socioeconómicas.
De nuevo aparece aquí la
perversión profunda de los valores humanos y sociales, y queda enmascarada bajo
una presunta "solidaridad social" la manifestación más atroz de
insolidaridad, que consiste en la eliminación física de los conciudadanos
gravosos, molestos o Inútiles. No estamos, pues, aquí, sólo ante una
tergiversación del sentido de las palabras, sino ante su completa vuelta del
revés.
53. Si tan rechazable es la
eutanasia, ¿cómo es que hay personas y grupos que promueven socialmente su
aceptación?
El hecho de que ciertas
legislaciones, o determinados comportamientos sociales, sean rechazables y aun
monstruosos, no significa que sean vistos siempre así por todos en todas las
épocas. La historia está plagada de ejemplos a este respecto. En el caso de la
eutanasia en este tiempo presente, lo primero que hay que decir es que las
personas y los grupos que apoyan una legislación eutanásica constituyen una minoría
exigua en relación con el conjunto de la sociedad. Pero esto no quiere decir
que en un futuro no pueda aumentar esta proporción, porque es perceptible que
están en marcha campañas de influencia sobre la opinión pública en este
sentido.
54. ¿Existen estas campañas? ¿En
qué consisten?
Por desgracia, existen, del mismo
modo que existen en relación con el aborto, según se ha podido saber cuando
algunos de sus promotores comprendieron el alcance terrible de su trabajo, se
arrepintieron públicamente y dieron a conocer las técnicas de que se hablan
servido para intoxicar a la opinión pública.
Las campañas tendentes a promover
opiniones favorables a la eutanasia suelen desarrollarse de esta manera:
. lo primero que se presenta es
un "caso límite": se busca un ejemplo de situación terminal
especialmente llamativa que excite la sensibilidad colectiva para justificar la
eutanasia en ese caso tan dramático y singular. Admitido un caso, desaparecen
las razones serias para no admitir otros parecidos, y otros más, en una
pendiente cada vez más permisiva. Es el mismo proceso que hemos visto ya
respecto al aborto: aquí la niña oligofrénica violada por su padre es
sustituida por el enfermo intubado con funciones sólo vegetativas, para generar
un sentimiento de compasión en la opinión pública que la conduzca a estar a
favor de que se arregle ese "problema". A la vez se silencia que
"arreglar ese problema" supone matar, como en las campañas pro aborto
se oculta que "arreglar el problema" de la niña violada es, en la propuesta
abortiva, matar a un ser humano.
. esto se complementa con
eufemismos ideológicos y semánticos, aprovechando la complejidad conceptual y
terminológica que reviste el fenómeno de la eutanasia según se ha explicado en
el capítulo I. Así, no se hablará nunca de "matar al enfermo" o, más
suavemente, de "quitarle la vida" siquiera, sino de "ayudarle a
morir", facilitarle la "culminación de la vida", lograr su
"auto liberación", etc., eufemismos que intentan apartar la atención
de la realidad material de lo que se preconiza: que un hombre pueda impunemente
matar a otro.
. paralelamente, a los defensores
de la vida frente a la eutanasia la se les procura presentar como retrógrados,
intransigentes, contrarios a la libertad individual y al progreso, etc.; de
este modo el debate se distrae y no se escuchan con serenidad y ecuanimidad las
opiniones a favor de la dignidad humana, sino a través de los prejuicios
creados sobre sus defensores.
. como quiera que muchas
confesiones religiosas, especialmente las de raíz cristiana - no sólo la
Iglesia Católica, desde luego -, reaccionan vivamente contra los intentos de
legalizar la eutanasia dada su gravedad moral, se pretende transmitir la falsa
idea de que la eutanasia es una pura cuestión religiosa, íntima, de mera
conciencia individual, y que, por lo tanto, mientras la eutanasia no sea
obligatoria debe aceptarse en una sociedad pluralista.
Como complemento de estas
estrategias se promueven encuestas para afirmar a continuación que la mayoría
de los ciudadanos, de los médicos o de los enfermos de cáncer están a favor de
la eutanasia. La experiencia universal en materia de eutanasia es que esas
encuestas no son fiables, dada la confusa terminología al respecto y los
componentes emocionales del tema: según cómo se planteen las preguntas y se
interpreten las respuestas se pueden conseguir resultados interpretables de
cualquier manera. Recientemente en España hemos visto un caso modélico al
respecto: los titulares de prensa anunciaban que, según una encuesta, la mayoría
de los médicos de Barcelona estaban a favor de la eutanasia. Analizado el
contenido real de tal encuesta, resulta que los tales médicos están en contra
de la obstinación terapéutica y en contra de la eutanasia, es decir, opinan lo
mismo que lo que expresa este documento, pero su opinión ha sido manipulada en
servicio de una idea que no comparten.
55. Sin embargo, ¿no es verdad
que pretender que la eutanasia sea perseguida como delito supone que una parte
de la soledad pretende imponer a otra parte su propia moral o religión?
No, en modo alguno. La defensa de
la dignidad de la persona y de sus derechos, incluido el primero de ellos, que
es el derecho a la vida, ha de ser fin primigenio de la sociedad y del Estado,
pues de lo contrario la institucionalización por la sociedad del poder público
y los instrumentos de éste, como el Derecho, no serían más que expresión de
violencia al servicio de la pura fuerza.
Defender la vida frente a la
eutanasia (como frente al aborto provocado) no es una postura religiosa, sino
humanista, aunque a ella puedan coadyuvar motivos religiosos en el caso de los
creyentes.
Las sociedades y los Estados
tienen obligación de poner los medios, también los jurídicos, para que no se
mate a seres humanos, y por tanto, también para que no se practique la
eutanasia, que es una forma de matar; del mismo modo que tienen obligación de
poner los medios para que no se asesine, se viole o se robe. Cuando el Estado
prohibe y sanciona la violación no está defendiendo la moral católica de forma
intransigente frente a otras opiniones, aunque coincida con la moral católica
en que la violación debe ser rechazada. Lo mismo sucede respecto a la
eutanasia.
56. Si, a pesar de todo, en una
nadan concreta se diese un consenso mayoritariamente favorable a la eutanasia
en determinados casos especialmente graves ¿no sería admisible tal práctica en
esos casos?
No. Lo único que pasara es que
los poderes públicos no perseguirían ni castigaran a quienes mataren a otros en
los supuestos eutanásicos, porque habrían admitido la legitimidad de la
violencia y la pura fuerza como criterio regulador de la relación entre los
particulares.
En tal caso la eutanasia regula
siendo lo que realmente es: el acto por el que un ser humano da muerte a otro.
Y este acto - aunque se haga con el beneplácito de las leyes - es intrínseca y
esencialmente reprobable, como lo es discriminar a la mujer respecto al hombre
en Irak, o torturar y matar judíos, o anticomunistas, o comunistas en la
Alemania nazi, la Camboya Jmer o ciertas dictaduras hispanoamericanas
recientes, respectivamente. El que las leyes y los poderes públicos amparen
conductas contrarias a la dignidad humana no hace a tales conductas lícitas,
sino a tales leyes rechazables e ilegítimas por inhumanas.
57. Respecto a la eutanasia ¿se
limitan las obligaciones de la sociedad a su persecución como delito?
Evidentemente, no. La sanción
penal es una última garantía frente a las actitudes homicidas, pero no es ésta
la única medida operativo en el terreno real en que se evita la eutanasia: Tan
importante, o acaso más, y desde luego previa a la norma penal, es la actitud
de las personas y los grupos sociales frente al enfermo, al anciano, al
minusválido.
La mentalidad eutanásica prospera
mejor en un clima social de rechazo a todo lo que suponga sacrificio, esfuerzo
por el otro, preeminencia de lo inmaterial sobre lo material. Si los valores
predominantes son el culto al cuerpo, el bienestar material, el egoísmo ajeno a
la solidaridad humana, el desprecio a la familia y el economicismo materialista
- y ésta es una realidad en auge en nuestra sociedad -, nada de extraño tiene
que una concepción de la vida basada en el puro pragmatismo utilitarista
caracterice la actitud de algunos frente a quienes son vistos no como seres
humanos, sino como fuentes de gastos que no aportan ingresos; no como miembros
queridos de la familia, sino como obstáculos inadmisibles para el desarrollo
personal; no como pacientes, sino como sobrecarga absurda de trabajo sin
sentido.
Si queremos que en nuestra
sociedad los hábitos de conducta y los valores respetados sean coherentes con
un deseable humanismo y, por tanto, reacios a prácticas como la eutanasia, será
preciso que en tal sociedad:
. la muerte no sea un tema tabú,
sino un hecho natural que forma parte de la vida humana como el nacer, el
crecer, la condición sexuada o la inteligencia; nadie - ni jueces, ni
legisladores, ni médicos - se pueda atribuir el derecho a decidir que algunos
seres humanos no tienen derechos o los tienen en menor grado que los demás por
sus deficiencias, color, sexo, edad o estado de salud;
. la familia sea respetada y
querida como ámbito natural de solidaridad entre generaciones, en las que se
acoge, se protege y se cuida a los miembros sanos y a los enfermos, a los
jóvenes y a los ancianos, a los no deficientes y a los que lo son;
. no se considere la organización
hospitalaria como el ámbito en el que son abandonados los enfermos y ancianos,
sino que el hogar vuelva a ser lugar de acogida natural en la enfermedad y
ancianidad y donde la muerte se viva con cariño y lucidez;
. surjan iniciativas sociales de
atención a los enfermos terminales en un clima humano, respetuoso con la
persona y su dolor y técnicamente preparado para ayudar a afrontar dignamente
la muerte sintiéndose persona, como es el caso de los "hospices"
británicos inspirados por la doctora Cicely Saunders, obra que hace más para
evitar la eutanasia que un millón de discursos;
. la Medicina se oriente hacia la
atención de la persona, no limitándose a un puro esfuerzo tecnológico por
alargar la vida.
Este último aspecto merece una
especial atención, pues la mentalidad eutanásica transforma, aun sin quererlo,
a los médicos en una especie de verdugos, y se hace preciso que los médicos
sean impulsores y protagonistas de una práctica médica preocupada por el hombre
y su dignidad en la línea de lo que hoy - como hemos visto antes - se conoce
como Medicina paliativa.
V. El
Estado ante la eutanasia
58. La cuestión de la eutanasia,
¿es un problema político?
Lo es, sin duda, porque uno de
los deberes primordiales del Estado es el de respetar y hacer respetar los
derechos fundamentales de la persona, el primero de los cuales es el derecho a
la vida, y la eutanasia no es sino la destrucción de vidas humanas inocentes en
determinadas condiciones.
59. ¿Reconoce el ordenamiento jurídico
español el derecho a la vida?
Sí. La Constitución española
reconoce el derecho a la vida de todos los seres humanos, y el resto de las
leyes, en especial el Código Penal, protegen este derecho prohibiendo todo
atentado contra la vida de cualquier ser humano e imponiendo las más severas
penas a quien quita la vida a otro.
No obstante, en los últimos años
algunas leyes han roto el tradicional principio de protección absoluta del
derecho a la vida, permitiendo, o no castigando, el atentar contra la vida de
los concebidos y aún no nacidos mediante el aborto, o la destrucción de los
embriones humanos creados en el laboratorio. Tales leyes sobre el aborto y las
técnicas de procreación artificial han abierto una brecha en la línea coherente
de protección jurídica de la vida humana, que algunos pretenden ahora a -
ampliar aún más mediante la permisión de la eutanasia.
Por el contrario, también en los
últimos años, se va extendiendo un consenso ético sobre la necesidad de
prohibir la pena de muerte, prohibición que loablemente establece la
Constitución española.
60. ¿Cómo protegen las normas
jurídicas y los Estados el derecho a la vida de los seres humanos?
Los Estados se comprometen
activamente en la defensa de la vida humana mediante muchas de sus actividades,
y también a través de leyes y otras normas jurídicas.
Las normas que regulan el tráfico
rodado o la existencia y funcionamiento de hospitales, las instituciones como
la policía o el ejército, la lucha contra las epidemias, la práctica de las
profesiones sanitarias; las normas sobre seguridad en el trabajo, la regulación
de la calidad de los alimentos, y mil actividades y leyes más que el Estado
promueve o ampara, son otras tantas expresiones del compromiso del Estado y de
la sociedad en la defensa de la vida humana y de su calidad.
Como de todos modos resulta
imposible evitar que aparezcan quienes, por unos motivos u otros, se niegan a
respetar el derecho a la vida de los demás, todos los pises civilizados
protegen también penalmente la vida humana, considerando como delito los
ataques a la vida, y amenazando a quienes lo cometan con los castigos más
graves que existen en cada país. En España, la ley que protege la vida humana
mediante la amenaza de cárcel es el Código Penal.
61. ¿Cómo protege el Código Penal
español la vida humana?
El Código Penal español protege
la vida humana considerando como delito toda acción voluntaria realizada por
una persona para matar a otro ser humano; y estableciendo que a quien mate a
otro se le impondrá la pena de privación de libertad más grave que existe en
España.
Los delitos contra la vida humana
que establece y castiga el Código Penal llevan distintos nombres según las
circunstancias del crimen, del criminal o de la víctima: aborto, si se mata a
un no nacido; infanticidio, si se mata a un recién nacido para evitar la
deshonra de la madre; asesinato, si se mata a otro en circunstancias que
conllevan una especial maldad (a cambio de dinero, con premeditación, con
ensañamiento, etc.); parricidio, si se mata a ascendientes, descendientes o
cónyuge, y homicidio, si se mata a otro sin que concurra ninguna de las
circunstancias mencionadas.
Existen otros delitos previstos
en el Código Penal que también pretenden proteger, entre otras cosas, a la vida
humana: son, por ejemplo, el no socorrer a quien está en peligro, o prestar
ayuda a otro para suicidarse, o provocar incendios o inundaciones... y otros
muchos más.
62. ¿No distingue el Código Penal
el castigo que merece quien mata a otro según sea el grado de salud de la
víctima, o la utilidad de su vida?
Dejando ahora de lado la cuestión
del aborto, que no es el tema que nos ocupa, el Código Penal protege a todo ser
humano y su derecho a vivir frente a cualquiera que lo quiera matar. Da lo
mismo que la víctima esté sana o enferma, sea recién nacida o anciana, útil o
inútil para la sociedad, deficiente física, sensorial o psíquica, o sana.
También da lo mismo que quien mata lo haga por crueldad o por compasión, por
motivos ideológicos o por cualquier otra motivación: Matar a otro siempre es
delito, y el que lo comete es castigado con la pena correspondiente.
Es lógico que así sea, porque
todo ser humano tiene a la vida por el mero hecho de pertenecer a la especie
humana, por ser ida por el mero uno de nosotros, con independencia de su edad,
raza, grado de salud o cualquier otra circunstancia. Este es un convencimiento
básico de la humanidad, fundamento de la conciencia ética, que, gracias al
progreso moral y jurídico de los hombres y las naciones, ha llegado a ser
afirmado por todas las sociedades civilizadas y protegido por todos los
ordenamientos jurídicos.
63. ¿No es cierto, sin embargo,
que ha habido culturas y civilizaciones que han admitido la legitimidad de
suprimir la vida de determinadas personas (de otra raza o tribu, esclavos,
inútiles por su edad o su enfermedad, etc.)?
Efectivamente. Casi siempre en la
historia de la Humanidad han convivido en permanente tensión el ideal por
garantizar el respeto a la vida en las costumbres y las leyes, por un lado, y,
por otro, formas de relación humana basadas en la violencia, o en ideologías o
prejuicios que niegan que determinados grupos de seres humanos merezcan vivir.
Según las diversas épocas y
culturas, se ha negado por algunos el derecho a vivir de los que pertenecen a
otras naciones u otras tribus, de quienes son de otra raza o caen en
esclavitud, de los ancianos y enfermos, o de las mujeres o los recién nacidos
defectuosos. Pero frente a estas costumbres, ideas o leyes inhumanas, siempre -
en todos los pueblos y épocas - ha ido abriéndose paso la idea ética de que
todos los seres humanos son esencialmente iguales y tienen derecho a la vida
sean cuales fueren su raza o las diversas circunstancias de su vida. Hay que
añadir que en cada época se tiende a ver como prácticas inadmisibles las
brutalidades que en la época anterior se consideraban como algo normal, pero
desaparece el sentido cirrótico y se cierran los ojos, consciente o
inconscientemente, ante las barbaridades que la propia época admite en sus
leyes o sus usos sociales.
La Humanidad ha ido eliminando
progresivamente las costumbres y las leyes inhumanas. Así, la esclavitud, la
tortura, el racismo, el infanticidio, el abandono de ancianos y enfermos, el
menosprecio a la mujer, han ido desapareciendo - con altibajos - de las
costumbres de los pueblos más civilizados. La influencia del cristianismo en la
cultura occidental ha ido extendiendo la idea clara del no matarás", que
va calando a medida que se descubre la profundidad de las aplicaciones
prácticas de este mandamiento.
Aunque nunca se ha perdido del
todo la conciencia ética del respeto que merece todo ser humano, en cada época
algunos grupos sociales se han convencido así mismos de que hay algunos seres
humanos que no tienen derecho a vivir: así ha ocurrido con respecto a los
negros, los esclavos, los judíos, los aristócratas, los burgueses, los
campesinos, los de otra nación, los no nacidos o los llamados
"inútiles" porque, por su salud precaria o su edad avanzada, ya no
son productivos y resultan una carga.
64. En nuestros días, ¿se ha
superado ya esta contradicción?
En nuestros días vivimos la
experiencia, bastante común en la historia, de una cultura que defiende con
energía la dignidad de la persona y se compromete en la defensa de los derechos
humanos, pero que, a la vez e incongruentemente, presta su tolerancia y aun su
apoyo a prácticas como el aborto provocado o la eutanasia, opuestas a los
derechos inalienables de la persona. Esto significa que la tensión referida más
arriba se da hoy como en otras épocas, y es responsabilidad de todos el lograr
que, aquí y ahora, la exigencia de respeto a todos los seres humanos no admita
excepciones.
65. ¿Qué dice el Código Penal
español sobre la eutanasia?
Nuestras leyes no mencionan el
término "eutanasia" en absoluto. El Código Penal no contiene ninguna
regulación especial de la eutanasia, pues considera homicidio tanto al que se
comete por "compasión" o para evitar el dolor como al que se comete
por cualquier otro motivo. Matar es siempre delictivo para las leyes españolas,
sin que importe el motivo.
66. ¿Qué establecen nuestras
leyes sobre el suicidio?
El suicidio es lícito en nuestra
legislación, como sucede en la mayoría de los países de nuestra cultura.
Nuestras leyes no admiten el derecho a suicidarse. Sin embargo, el suicidio no
se considera delito por obvias razones prácticas: si el que quiere quitarse la
vida lo logra, ya no hay a quien castigar; y si no lo logra, amenazarle con la
cárcel sólo servía para agravar sus deseos de suicidio.
67. ¿Significa esto que el
Derecho se abstiene de todo juicio sobre el suicidio?
No. Para el Derecho español, el
suicidio es una conducta lícita, y por eso se considera delito tanto la
conducta de quien induce a alguien a suicidarse como la del que ayuda a otro a
quitarse la vida. El artículo 409 del Código Penal establece que "el que
prestare auxilio o induzca a otro para que se suicide será castigado con la
pena de prisión mayor; si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la
muerte será castigado con la pena de reclusión menor".
Como puede verse, se castiga
tanto la inducción y el auxilio al suicidio como el llegar a quitar la vida a
quien quiere suicidarse. Esta última figura se conoce habitualmente como
"homicidio suicidio" u "homicidio consentido", y se le
impone la misma pena que al homicidio a secas, porque para nuestro Código
Penal, como para la ética, matar a otro es tan reprobable si se hace con su
consentimiento como sin él.
68. ¿No es la eutanasia una forma
de homicidio consentido?
La eutanasia siempre es matar a
otro, con o sin su consentimiento, por presuntos motivos de compasión o para
evitarle dolores o situaciones dramáticas. Para nuestro Código Penal, la
eutanasia es homicidio, y si se practica a petición de la víctima es el
"homicidio suicidio" antes mencionado. En todos los casos la pena
sería la misma.
69. Según esto, ¿no es legítima
la decisión de una persona de disponer de su propia vida?
No. En la conservación de la vida
humana existen a la vez intereses individuales y sociales; y ni los primeros
pueden prevalecer sobre los segundos en exclusividad, ni los segundos sobre los
primeros.
Ningún ser humano es una realidad
aislada, fuente autónoma y exclusiva de derechos y obligaciones. Todos somos
solidarios por la mutua interacción entre padres e hijos, entre cada uno y el
resto de la sociedad; por eso nadie tiene derecho a eliminar la vida, aun la
propia. Así lo ha entendido la tradición jurídica occidental, que ha negado
toda validez al consentimiento prestado para recibir la muerte, al considerar
el derecho a la vida como indisponible, es decir, como un "derecho -
deber".
Por eso, en nuestro Derecho el
auxilio al suicidio es delito, el homicidio consentido se castiga con la misma
pena que cualquier otro homicidio, y el no evitar un suicidio pudiendo hacerlo
es también delito: el delito de omisión del socorro debido. Y por las mismas
razones, nuestros Tribunales han reconocido el derecho a alimentar forzosamente
a quienes se ponían en peligro de muerte por huelgas de hambre, o el derecho de
los médicos a salvar la vida de quienes la pusieron en riesgo al intentar
suicidarse, o el derecho de los jueces a autorizar actos médicos tendentes a
salvar vidas de pacientes que se niegan a recibir tratamientos normales que no
implican riesgos.
70. ¿Por qué el Estado ha de
impedir a las personas renunciar al derecho a vivir y, en cambio, les permite
renunciar a otros derechos, como votar, casarse, asociarse, etc.?
Porque la renuncia a ejercitar el
derecho a casarse, a votar, a asociarse o a opinar sobre una materia
determinada, por ejemplo, se refiere a derechos que no quedan anulados, sino
que en otras circunstancias pueden ejercitarse. Estos derechos - libertades no
se pierden por la renuncia a su ejercicio en un momento concreto.
Existen, sin embargo, otros
derechos de la persona que, de renunciarse a ellos, la misma persona o su
dignidad quedarían anuladas. En esos casos, el Estado y el Derecho niegan
validez a la expresión de voluntad de quien renuncia a ellos. Eso ocurre con el
derecho a la vida: si una persona pretende darse muerte o pide que otros la
ayuden a morir, está anulando su dignidad y sus derechos con carácter
definitivo; por eso el Derecho no se desentiende de esa decisión, sino que la
considera ineficaz y obliga a poner los medios para evitar que sea
irreversible.
Además, el argumento del
pretendido derecho del enfermo a decidir él como y el cuándo de la propia
muerte tropieza con un obstáculo insalvable en la práctica. En la medida en que
su propia situación clínica lo incapacita para suicidarse, el titular de ese
supuesto derecho no puede ejercer él solo su autodeterminación, sino que ha de
incorporar necesariamente a su decisión a otras personas. Al tratarse de un
derecho del enfermo que afecta a su misma vida, esas personas vendrían
obligadas a respetarlo, puesto que contra el ejercicio de los derechos humanos
no cabe la objeción de conciencia. Se llegaría así a crear una "obligación
de matar", disparate que no sólo repugna a la más elemental noción de
libertad, sino también al sentido común.
71. ¿Es el derecho a la vida el
único irrenunciable?
Ciertamente, no. Son muchos los
derechos irrenunciables por su titular en las sociedades modernas. No se admite
la renuncia a la integridad física, al derecho a la educación, a condiciones de
trabajo dignas, etc. El consentimiento de una persona a que la mutilen o
lesionen no evita que quien mutila o lesiona cometa un delito; o el deseo de un
muchacho y sus padres de renunciar a recibir la instrucción básica no es tenido
en cuenta por el Derecho y el Estado, que obligan al joven a recibir la
educación que las leyes definen como obligatoria.
En materia laboral el ejemplo es
muy claro y nos es próximo: en nuestra sociedad existen muchas personas
dispuestas a trabajar en condiciones higiénicas o de seguridad inferiores a las
exigidas por las leyes, o a trabajar más horas que las permitidas o por menos
salario que el fijado legalmente como mínimo; sin embargo, el Derecho y el
Estado no reconocen validez al consentimiento de esas personas, e imponen
obligatoriamente el respeto a los derechos de los trabajadores aun en contra de
la voluntad de éstos. En un caso extremo, piénsese la opinión que merecería un
contrato voluntario de esclavitud.
Razones más importantes concurren
todavía para que el Estado y sus leyes consideren irrenunciable el derecho a la
vida, que hace posibles todos los demás y que si se pierde ya no es
recuperable, pues es la base por el bien que protege: la vida de la propia
dignidad humana.
Lo mismo sucede con el cinturón
de seguridad en los coches: al ciudadano puede apetecerle o no ponérselo, pero
el Estado le obliga a ello amenazándole con una sanción si no respeta esta
obligación. La razón es que se da por supuesto que la vida de cada uno no es
sólo de su particular y privado interés, sino que la sociedad está legitimada
para exigir que cada uno asegure que no arriesga gratuita o imprudentemente su
vida.
72. ¿Existe doctrina del Tribunal
Constitucional sobre si la Constitución admite o no el derecho a morir?
El Tribunal Constitucional
español ha afirmado en varias sentencias que nuestra Constitución no reconoce
un derecho a acabar con la propia vida.
El Tribunal Constitucional ha negado
que exista un derecho a morir protegido por la Constitución, cuando se le ha
planteado la legitimidad de la Administración y los Tribunales para ordenar la
alimentación forzosa de terroristas encarcelados y en peligro de muerte por
huelga de hambre (cfr. Sentencias 120/1990, de 27 de junio y 137/1990, de 19 de
julio, entre otras).
73. Entonces, ¿hay que suponer
que es imposible que en España se legalice la eutanasia, por ser
anticonstitucional?
No. No es imposible que el
Tribunal Constitucional llegue a dar su visto bueno a la eutanasia. Los
magistrados que lo integran pueden, aun de buena fe, buscar argumentos para dar
por bueno lo que la mayoría del Parlamento quiera, aunque esto se oponga a lo
que ya han sentenciado en otros casos, en que negar el derecho a morir era lo
que solicitaba el abogado del Estado en nombre del Gobierno.
74. ¿Y no hay una contradicción
entre la negación del derecho a matarse y la consagración de la libertad como
uno de los valores superiores por la propia Constitución?
No la hay. Si la libertad,
entendida como la capacidad del ser humano para hacer cualquier cosa que
quisiera, fuese fuente absoluta e incondicionada de derechos, no existirían los
ordenamientos jurídicos, ni la sociedad, ni el Estado, pues cada persona determina
por sí misma lo que es justo o injusto, bueno o malo, permitido o prohibido; y
serían ilegítimos el Parlamento, los Tribunales, los Gobiernos, las leyes y los
derechos humanos.
La libertad, como valor superior
reconocido en la Constitución, se hace e . efectiva en los derechos que ésta
garantiza en concreto, y no puede ser disculpa ni para negar tales derechos ni
para violar el resto de las leyes. Así lo ha entendido el Tribunal
Constitucional español con acierto en las Sentencias antes citadas.
El suicidio jamás ha sido
considerado un derecho del hombre. De hecho, cuando se redactó la Declaración
Universal de los Derechos Humanos en las Naciones Unidas, ese pretendido
derecho no se incluyó, y no fue por omisión involuntario, ya que hubo varias propuestas
de que se incorporase a la Declaración, y fueron rechazadas. Se dirá que en
otro momento histórico futuro podría ocurrir al revés, y es, efectivamente,
pero eso no cambiaría la realidad profunda de las cosas. La mención de la
situación actual se aduce aquí sólo como constatación de un hecho cierto.
75. Entonces, ¿no es coartar la
libertad y la autonomía individual el negar al ser humano la capacidad de
decidir cuándo y cómo quiere morir?
No lo es, porque no tiene sentido
contraponer el derecho a la libre autodeterminación de la persona - como
expresión de su dignidad - al bien de la vida humana, puesto que la vida
humana, cualquiera que sea su estado de plenitud o de deterioro, es siempre
vida personal, y por lo mismo goza indisociablemente de la dignidad indivisible
de la persona, realidad unitaria de cuerpo y espíritu.
Enfrentar como incompatibles,
aunque sea en determinadas circunstancias, la libertad y la vida equivaldría a
la contradicción de realizar, en nombre de la dignidad de la persona como
sujeto libre, un acto contra la dignidad de la persona, puesto que la vida, que
es un bien fundamental de la persona, goza de su misma dignidad.
En este tipo de planteamientos de
la libertad y la autonomía individual se esconde la falacia de considerar la
libertad como un bien desligado de toda referencia a la verdad y el bien de la
persona. El pretendido derecho a acabar con su vida no es para el hombre una
afirmación de su dignidad, sino el intento de negarla en su misma raíz.
El pretender que el hombre no es
plenamente libre si no le está permitido decidir su propia muerte entraña un
sofisma tan pueril como el afirmar que Dios no es omnipotente porque hay algo
que no puede hacer: el mal, es decir, no puede ir contra Sí mismo.
76. Sin embargo, esta idea está
muy extendida incluso entre personas tenidas por ilustradas. ¿Por qué?
Porque está muy extendida una
concepción subjetivista de la ética y el Derecho, que tiene su fundamento en
negar al ser humano la capacidad de averiguar por sí mismo la realidad objetiva
de las cosas, convirtiendo la voluntad individual en la única fuente de
moralidad y a la postre - potencialmente - de la legalidad.
Esta forma de pensamiento, muy
vinculada a la orientación básica de la llamada filosofía moderna (el racionalismo
cartesiano y sus derivados y epígonos), tiene sus manifestaciones prácticas más
llamativas hoy en un desprecio antiecológico de la naturaleza, considerada como
ilimitadamente manipulable por la voluntad humana, y en el positivismo
jurídico, que considera a la voluntad legislativa como creadora de Injusticia y
los derechos y, por tanto, legitimada para negarlos o suprimirlos.
Esta manera de pensar tiene la
consecuencia de relativizarlo todo, y hace depender toda legitimidad del
consenso social de cada momento, lo que nos lleva al absurdo de considerar los
derechos humanos no como patrimonio de todo hombre por el hecho de serlo, sino
como objetos a disposición de la voluntad mayoritaria.
Pero los derechos humanos
fundamentales, el primero de los cuales hay que repetirlo es el derecho a la
vida, no pertenecen al ámbito de la estadística, el juego de las mayorías, la
confesionalidad religiosa o el consenso social, por otra parte tan propio de
las sociedades democráticas en otras materias. Por el contrario, los derechos
humanos constituyen el fundamento mismo y la fuente de todo Estado de Derecho
sobre el que descansan las libertades y la democracia, y su intangibilidad no
deriva de su promulgación, sino de su inserción en la naturaleza misma del ser
humano. Olvidar esta realidad sólo puede conducir a una organización social
edificada sobre la ley del más fuerte - aunque esa fortaleza se base en una
mayoría legislativa - abriendo la puerta a todo totalitarismo, por muy
disfrazado de libertades con que paradójicamente se presente. Para legislar con
legitimidad hace falta la legitimidad de origen, pero ésta no legitima a su vez
cualquier clase de legislación. Es bien sabido que Hitler llegó legítima y
democráticamente al poder, pero eso no significa que el uso que hizo de él no
se basase en la ley del más fuerte. La elección democrática de los legisladores
y los gobernantes los legitima a ellos en cuanto tales, pero no a todas sus
decisiones, que serán correctas si se adecuan a la dignidad de la persona, e
ilegítimas si se oponen a ella.
El respeto a la dignidad de la
persona, cuyo presupuesto inexcusable es el respeto a su vida, no es materia
susceptible de adquirir o perder legitimidad mediante votación. Por el
contrario, pierde legitimidad el poder del Estado o la Cámara legislativa que
pretenda arrogarse la competencia de decidir discrecionalmente qué hombres
ostentan derechos humanos y cuáles no.
77. Sin embargo, ¿no es evidente
que el hombre usa de su libertad (bien o mal, eso es otra cuestión) cuando
decide su propia muerte?
Bajo el término
"libertad" se esconden dos realidades enteramente distintas. Por una
parte, cuando se habla de libertad se puede entender la mera facultad de hacer
o no hacer, de hacer una cosa u otra, sin más. Entendida de este modo, la
libertad no es más que la mera constatación de que el hombre puede actuar sin
ser coaccionado, pero se prescinde por completo de si lo que hace es bueno o
malo, justo o injusto, elogiable o repugnante. El ejercicio de la libertad así
entendida no nos dice nada sobre si lo que el hombre hace o deja de hacer es
admisible o recomendable ética o jurídicamente, o si, por el contrario, debe
ser evitado y, en su caso, perseguido y castigado.
Pero también puede entenderse el
término "libertad" para designar aquellas conductas humanas que
reflejan la posibilidad existente en el hombre de realizar lo mejor de que es
capaz, dando así una connotación ética a los actos que se consideran libres. En
este sentido, el hombre que mata, viola o roba no ejercita propiamente su
libertad; sí lo hace quien piensa, ama, vota o trabaja. En este segundo
sentido, el término "libertad" permite un examen de las conductas
humanas que lleve a algo más que a la mera constatación de que, de hecho, son
posibles sin coacción.
La confusión aparece cuando se
pasa del primer sentido al segundo, como si la pura circunstancia de que una
acción es libre (en el sentido de que se realiza sin coacción) significase que
sólo por eso ya es moralmente aceptable y jurídicamente defendible. Pero la
experiencia demuestra que este salto lógico no es posible. Si lo fuera, habría
que admitir el absurdo de que la violación, el atraco y la tortura, si se
realizasen consciente y voluntariamente (es decir, libremente, en el primer
significado expuesto), en lugar de ser delitos abominables serían derechos
amparados por la ley.
En definitiva, en cierto sentido
puede decirse que el hombre usa su libertad cuando decide su propia muerte, si
toma esta decisión con plenitud de facultades y sin ser coaccionado; pero que
la use bien o mal no es "otra cuestión", sino que es precisamente lo
que importa, lo decisivo, a la hora de establecer un juicio ético o jurídico
sobre sus actos.
78. ¿Cómo se formula el argumento
de evitar la clandestinidad con el que algunos defienden la legalización de la
eutanasia?
Suele expresarse de este modo:
existen situaciones de extrema gravedad y circunstancias dramáticas en las que
unas personas dan muerte a otras por compasión ante sus sufrimientos
intolerables, o bien obedeciendo al expreso deseo de quienes quieren abreviar
su vida, por hallarse en la fase terminal de una enfermedad incurable. Estas
prácticas existen y, al no estar legalmente reguladas, se desarrollan en la
clandestinidad, con lo que se impide por completo cualquier clase de control
sobre los excesos o abusos que puedan producirse. En consecuencia, hay que
establecer una regulación de esos casos remite.
Este es un argumento que se
repite siempre que se trata de legalizar, o de dejar impunes, algunos atentados
contra la vida de los inocentes, como el aborto y la eutanasia, y no suele
presentarse solo, sino que por lo general va acompañado de consideraciones en
torno al "derecho a morir", que ya hemos visto.
79. ¿No es éste un argumento
razonable, puesto que se refiere sólo a los casos más dramáticos e
irresolubles?
No, ciertamente. El hecho de que
se cometan delitos - obviamente, en la clandestinidad - no es razón para que
esas conductas tengan que ser legalizadas. Según esta extraña lógica, habría
que regular la evasión de impuestos en los casos límite de contribuyentes que
tuvieran extremas dificultades para cumplir sus deberes con el Fisco, a fin de
que no defrauden en la clandestinidad.
Cuando en la comisión de un
delito concurren circunstancias especiales, la actitud razonable no es legalizar
el delito en tales circunstancias, sino que el juez las tenga en cuenta a la
hora de ponderar en el correspondiente juicio la responsabilidad del autor o
los autores, si la hubiera.
Por otra parte, también en este
tipo de argumentos nos hallamos ante la manipulación de las palabras y su
significado. Los partidarios de la eutanasia propugnan su legalización para,
mediante su control, impedir "excesos o abusos". Esta forma de
presentar la cuestión presupone que, en determinadas circunstancias, la práctica
de la eutanasia no es un exceso o un abuso; es decir, se ciega la posibilidad
de debatir la naturaleza misma de la eutanasia, porque se parte gratuitamente
del supuesto de que hay eutanasias abusivas y eutanasias correctas, lo cual es
falso. Además, con esta forma de argumentar se intenta producir la impresión de
estar solicitando una legislación restrictiva, cuando en la realidad se
solicita una norma permisivo, que es exactamente lo contrario.
80. El carácter irrenunciable,
inalienable e indisponible del derecho a la vida, ¿tiene valor absoluto en el
Derecho español, o admite excepciones?
Son varias las leyes que han
admitido excepciones a este principio: las que han legitimado la pena de
muerte, las que permiten el aborto no punible en determinados casos y las que
hacen posible sin sanción penal la destrucción de embriones y fetos humanos en
el entorno de las técnicas de reproducción asistida y las experimentaciones e
investigaciones relacionadas con esas técnicas.
En un grado inferior al del derecho
a la vida, nuestro Código Penal permite en algunos casos ir contra la
integridad física de las personas, derecho íntimamente conexo al de la vida:
son los casos de las esterilizaciones y los trasplantes de órganos, que, si son
consentidos no son delito. Desde el punto de vista moral los trasplantes son,
normalmente, dignos de elogio mientras que las esterilizaciones merecen un
serio reproche moral.
81. ¿Admite el Derecho español
algún caso en que no sea castigado el atentado contra la integridad física de
una persona sin su consentimiento?
Sí. Una reforma realizada en el
Código Penal en 1989 modificó su artículo 428 para permitir la esterilización
forzosa de deficientes psíquicos. Este es el primer caso en que la legislación
española ha abierto la puerta a la legitimación jurídica de atentados a la
integridad física de las personas sin su consentimiento, admitiendo así el
peligroso principio de que los deficientes psíquicos, sólo por serlo, pueden
ver limitados los derechos fundamentales que - por ser personas como las demás
- la Constitución les reconoce.
Como es fácil advertir, admitido
el principio, es imposible ya poner un límite lógico, absoluto e inamovible al
proceso de limitación de derechos a los deficientes o a quienes están en
situaciones asimilables por edad o por enfermedad.
Esta norma, aparte de
intrínsecamente inmoral, ha introducido una escala de valores en el Derecho
español que puede propiciar un deslizamiento suave hacia la eutanasia, hacia la
privación del derecho a la vida a quienes por una u otra razón no están en la
plenitud de sus facultades.
82. ¿Puede en algún caso no ser
delictiva la llamada eutanasia del recién nacido", es decir, el matar o
dejar morir sin asistencia a un niño recién nacido al saberse, tras el parto,
que es deficiente?
No. En España, matar a un recién
nacido porque éste sea deficiente siempre es delito.
Sin embargo, puede llegar el día
en que el legislador se plantee que en tales casos nadie debiera ser condenado
o siquiera Juzgado, argumentando que se hace un favor al deficiente matándolo
para evitar que lleve una vida de escasa calidad. SI, detectada la deficiencia
- o la mera probabilidad de deficiencia - antes de nacer, la ley permite que se
mate a un ser humano mediante un aborto no punible hasta las veintidós semanas
de vida intrauterina, no se ve razón lógica para impedir que se le mate tres
meses y medio después si se aprecia entonces la deficiencia del niño.
El aborto "eugenésico"
no punible ha introducido una lógica de eliminación de vidas deficientes que no
tiene por qué detenerse en el momento del parto. En países cercanos geográfica
y culturalmente al nuestro ya se han dado casos de padres que han matado a
hijos recién nacidos por ser deficientes, y han sido absueltos por los
tribunales con argumentos como los expuestos.
83. Ya que el derecho a la vida
es irrenunciable, ¿pueden los médicos tomar las decisiones que quieran para
mantener con vida a sus pacientes?
No. El Derecho español se basa en
el principio de que el tratamiento médico sólo es legítimo si el paciente
consiente en él. Si un médico decidiera actuar sobre un paciente en contra de
la voluntad de éste, podría cometer un delito de coacciones. Ahora bien, la
libertad del paciente para recibir o no un determinado tratamiento, o sufrir o
no una intervención quirúrgica, no llega hasta el extremo de obligar al médico
a cometer un delito como quitarle la vida. Si la voluntad del paciente revelase
una actitud claramente suicida, el médico podría y debería - con autorización
judicial, en su caso aplicarle tratamientos ordinarios y no arriesgados para
mantenerlo en vida, ya que, de lo contrario, podría cometer el delito de
omisión del socorro debido.
84. ¿Qué es el delito de omisión
del socorro debido?
El Código Penal lo define en su
artículo 489 ter así:
"El que no socorriera a una
persona que se hallare desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando
pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de tercero, será castigado con la pena de
arresto mayor o multa de 30.000 a 60.000 pesetas.
En la misma pena incurrirá el
que, impedido a prestar socorro, no demandare con urgencia auxilio ajeno.
Si la Víctima lo fuere por
accidente ocasionado por el que omitió el auxilio debido, la pena será de
prisión menor".
Considerar delito el no prestar
socorro a quien se encuentra en peligro para su vida o su integridad física es
una manifestación de solidaridad social y humana, y se basa precisamente en que
toda persona tiene derecho a que los demás la ayuden cuando esté en peligro,
sin que se distinga si eso ocurre por causas ajenas a su voluntad o por su
propio deseo.
La existencia de este delito, y
la exigibilidad ética de esta conducta de ayuda a quien está en peligro,
acreditan cómo no existe un derecho a quitarse la vida. Si eso no fuera así
cometerían un delito de coacciones el policía que intenta evitar que el suicida
se arroje por la ventana, o el médico que procura salvar la vida del herido que
ingresa en grave estado como consecuencia de un intento de suicidio.
Además, quien no hiciera todo lo
posible por salvar la vida de otro, aun cuando éste desease morir, violaría el
principio de justicia que exige dar a cada cual lo que es suyo y reconocerle su
dignidad aunque él no lo desee.
85. ¿Qué es el principio de
justicia?
Es uno de los principios
generales del Derecho según el cual todo ser humano debe ser respetado y su
dignidad protegida y amparada por los demás - incluido el Estado - aun en el
caso de que renuncie explícita y expresamente a ello. Este principio elemental
de la ética social y de la conducta común implica que prevalece la justicia
sobre la autonomía del individuo, de forma que nadie puede hacer daño a otro
aunque éste lo pida.
El principio de justicia es una
expresión del sentido ético básico de la Humanidad, fundamento elemental de
todas las leyes y de la propia convivencia social. Sin él no tendían
justificación alguna ni el Derecho ni los Tribunales, y sería imposible una
sociedad organizada sobre fundamentos distintos de la ley del más fuerte y la
institucionalización de la violencia.
86. Si esto es así, ¿cómo es que
algunos dicen que es preciso legalizar la eutanasia para evitar el
encarnizamiento terapéutico?
Quienes defienden tal argumento,
o hacen pura demagogia al llamar "encarnizamiento terapéutico" a que
el médico no pueda ser obligado a acabar con la vida de sus pacientes cuando
éstos o sus familiares lo soliciten, o engañan - de buena o mala fe - a la
opinión pública pretendiendo que ésta caiga en el error de legalizar un mal (la
eutanasia) para evitar otro mal (el encarnizamiento terapéutico), cuando la
verdad es que ambos males ya están prohibidos y castigados por las leyes.
87. ¿Qué valoración global merece
la legislación española en cuanto a la protección del derecho a la vida?
Actualmente, crecen las opiniones
y se elaboran propuestas legislativas que pretenden ampliar las grietas ya
existentes en el bloque coherente que una tradición de siglos ha construido
para comprometer activamente al Estado y al Derecho en la defensa de la vida
humana. Pero, salvo en lo relativo a seres humanos no nacidos, o concebidos en
laboratorio, la protección jurídica en España del derecho a la vida es bastante
correcta.
88. ¿Es válido en España el
llamado "testamento vital"?
Si por "testamento
vital" se entiende el mandato hecho a una persona para que acabe con la
propia vida en caso de estar gravemente enfermo, impedido o con fuertes
dolores, tal testamento es nulo y totalmente ineficaz, porque nadie puede
obligar a otro a matarlo ni por acción ni por omisión.
En cambio, si por
"testamento vital" se entiende la expresión de la voluntad de una
persona de renunciar a que le sean aplicados medios desproporcionados para
alargarle artificial o mecánicamente la agonía cuando ya no sea posible salvarle
la vida, tal testamento es válido jurídica y éticamente.
Como ejemplo concreto de un
"testamento vital" perfectamente válido y admisible, está el que la
Conferencia Episcopal Española ha aprobado y propuesto a los cristianos. Su
texto dice así:
Testamento vital
A mi familia, a mi médico, a mi
sacerdote, a mi notario:
Si me llega el momento en que no
pueda expresar mi voluntad acerca de los tratamientos médicos que se me vayan a
aplicar, deseo y pido que esta Declaración sea considerada como expresión
formal de mi voluntad, asumida de forma consciente, responsable y libre, y que
sea respetada como si se tratara de un testamento.
Considero que la vida en este
mundo es un don y una bendición de Dios, pero no es el valor supremo y
absoluto. Sé que la muerte es inevitable y pone fin a mi existencia terrena,
pero desde la fe creo que me abre el camino a la vida que no se acaba, junto a
Dios.
Por ello, yo, el que
suscribe.................... pido que si por mi enfermedad llegara a estar en
situación crítica irrecuperable, no se me mantenga en vida por medio de
tratamientos desproporcionados o extraordinarios; que no se me aplique la
eutanasia activa, ni se me prolongue abusiva e irracionalmente mi proceso de
muerte; que se me administren los tratamientos adecuados para paliar los
sufrimientos.
Pido igualmente ayuda para asumir
cristiana y humanamente mi propia muerte. Deseo poder prepararme para este
acontecimiento final de mi existencia, en paz, con la compañía de mis seres
queridos y el consuelo de mi fe cristiana.
Suscribo esta Declaración después
de una madura reflexión. Y pido que los que tengáis que cuidarme respetéis mi
voluntad. Soy consciente de que os pido una grave y difícil responsabilidad.
Precisamente para compartirla con vosotros y para atenuamos cualquier posible
sentimiento de culpa, he redactado y firmo esta declaración.
Fecha....................
Firma
89. La exigencia de respeto al
principio de justicia. ¿permite hablar de una "ecología humana"?
Desde luego que sí. Al igual que
los hombres hemos ido adquiriendo la convicción de la necesidad de respetar la
Naturaleza sin manipularla abusivamente al servicio egoísta de nuestros
exclusivos intereses, debemos también convencernos de que mayor respeto aún
merece el ser humano. Sería aberrante que, mientras la mentalidad ecológica se
constituye en legítimo título de orgullo de nuestros contemporáneos,
excluyésemos a los seres humanos de esta mentalidad de respeto.
En España, como en los demás
países tenidos por civilizados, se da la paradoja de que se aprueban leyes cuyo
objeto es proteger a los animales de tratos hirientes o experimentos
innecesarios, y, al mismo tiempo, se proponen leyes (y a veces se aprueban) que
desprotegen jurídicamente a los seres humanos, de forma que el Estado y el
Derecho están menos comprometidos con el respeto a la dignidad del hombre que
con la defensa de los animales frente a tratos degradantes. Dado que estas
contradicciones existen, no sólo se puede, sino que se debe hablar de una
ecología humana, implicada y comprometida en la salvaguarda de la vida como un
derecho inalienable, indisponible e irrenunciable.
VI. La
Iglesia ante la eutanasia
90. La cuestión de la eutanasia
¿es un problema religioso o moral?
Además de un problema médico,
político o social, la eutanasia es un grave problema moral para cualquiera, sea
o no creyente.
Quienes creemos en un Dios
personal que no sólo ha creado al hombre sino que ama a cada hombre o mujer en
particular y le espera para un destino eterno de felicidad y, en especial, los
católicos, tenemos un motivo más que los que pueda tener cualquier otra persona
para rechazar la eutanasia, pues los que así pensamos estamos convencidos de
que la eutanasia implica matar a un ser querido por Dios que vela por su vida y
su muerte. La eutanasia es así un grave pecado que atenta contra el hombre y,
por tanto, contra Dios, que ama al hombre y es ofendido por todo lo que ofende
al ser humano; razón por la que Dios en su día pronunció el "no
matarás" como exigencia para todo el que quiera estar de acuerdo con Él.
Para los católicos, la eutanasia,
como cualquier otra forma de homicidio, no sólo es un ataque injustificable
contra la dignidad humana, sino también un gravísimo pecado contra un hijo de
Dios.
Oponerse a la eutanasia no es
postura exclusiva de quienes creen en Dios, pero para éstos es algo natural y
no renunciaba: para ellos la vida es don gratuito de Dios y nadie está
legitimado para acabar con la vida de un inocente.
91. Sin embargo, la Iglesia no
condena en toda circunstancia la guerra y la pena de muerte. ¿No es
contradictorio esto con su postura sobre la eutanasia?
No es contradictorio por cuanto
la guerra y la pena de muerte pueden ser expresión del derecho a la legitima
defensa contra la agresión injusta, que la Iglesia siempre ha reconocido a las
personas y las sociedades y que, por otra parte, es admitida por todos los
ordenamientos jurídicos contemporáneos como por las declaraciones
internacionales sobre derechos humanos. La eutanasia, por el contrario, jamás
puede ser entendida como legitima defensa aunque materialmente su efecto sea el
mismo que el de la guerra o la pena de muerte.
Uno de los requisitos para
considerar admisible la legítima defensa es el de la proporcionalidad entre el
ataque que se recibe y el daño que se causa al agresor. Hoy día se extiende el
convencimiento entre muchos moralistas - y ello ha sido reflejado en algunos
textos del episcopado mundial - de que los medios de destrucción masiva
existentes hacen desproporcionado cualquier guerra en la que se usen estos
medios. Asimismo se extiende la opinión de que la ineficacia acreditada de la
pena de muerte como elemento disuasorio, la convierte también en
desproporcionado para justificarla moralmente como legítima defensa social. Por
tanto, en la medida en que medios distintos de la pena de muerte y la guerra
sean suficientes para defender las vidas humanas contra el agresor y para
proteger la paz pública, estos recursos no sangrientos deben preferirse por ser
más proporcionados y más conformes al fin perseguido y a la dignidad humana.
De ahí que varias Conferencias
Episcopales hayan tomado postura oficialmente a favor de la abolición de la
pena de muerte y en contra del carácter justo de cualquier guerra no puramente
defensiva, postura que este documento comparte, pues, si se debe defender la
vida, este principio es indivisible, y debe ser de aplicación en todos los
casos.
92. ¿Por qué la Iglesia condena
el suicidio y la eutanasia y, en cambio, exalta el martirio?
La vida humana en su dimensión
corporal participa ciertamente, según se ha dicho antes, de la dignidad de la
persona y, por lo mismo, no se puede atentar contra ella por ningún motivo.
La Iglesia condena por ello el
suicidio y el homicidio. en sus diversas formas y cualesquiera que sean los
motivos que se invoquen para cometerlos. Tan condenable es la eutanasia en
cuanto una forma de homicidio por motivo de piedad y compasión, como el
atentado contra la propia vida por un motivo religioso, que sería en ese caso,
desde luego, un suicidio.
Pero es evidente que el mártir no
es un suicida que atenta contra su vida por un motivo religioso. El mártir no
se quita la vida: se la quitan. No realiza un suicidio, sino que es víctima de
un homicidio. No quebranta, pues, en absoluto, el principio de la
inviolabilidad de la vida humana como bien fundamental de la persona.
Ahora bien: la vida humana en su
dimensión corporal participa de la dignidad de la persona, pero no se
identifica con esta dignidad. La persona humana es cuerpo, pero es también más
que cuerpo. Forman parte, por ello, de la dignidad de la persona otros valores
más altos que el de su vida física, y por los que el hombre puede entregar su
vida, gastarla y hasta acortarla mientras no atente directamente contra ella.
La vida humana, siendo un valor fundamental de la persona, no es el valor
absoluto y supremo.
La Iglesia, que condena el
suicidio y el homicidio por atentar contra un bien fundamental e inviolable de
la persona, exalta el martirio por cuanto es una entrega que el mártir hace de
su vida física en aras de unos valores superiores a ella, como son su fidelidad
y amor a Dios, dando con ello testimonio heroico de vida coherente con las más
altas exigencias de la dignidad de la persona humana lejos de atentar contra
esta dignidad hace una máxima afirmación de ella.
Que la entrega de la vida sea una
muestra de la dignidad de la persona humana es, por otra parte, fácil de
advertir. La experiencia cotidiana nos brinda ejemplos de vidas que se
entregan, se gastan en cada momento en el ejercicio de las responsabilidades
familiares, profesionales o sociales. La madre que quebranta su salud pasando
noches enteras junto al lecho de su marido o su hijo; el bombero que arriesga
su vida por sofocar un incendio; el empresario o el sindicalista que sufren
enfermedades derivadas de la tensión por mantener unos puestos de trabajo; el
socorrista que se pone en trance de morir ahogado... Todos éstos son ejemplos,
entre otros muchos, de formas de gastar, de acortar y de arriesgar la propia
vida en aras de valores solidarios. Cuando el valor que se pone en juego es un
valor supremo, el ofrendar supremamente la vida es una actitud coherente y
admirable, y es evidente que nada de eso tiene que ver con la eutanasia.
Es en esta lógica de la entrega,
de la donación de la vida, donde se enmarca el martirio, y por lo que merece
ser exaltado.
93. ¿Puede decirse, entonces, que
la vida humana no es para la Iglesia un valor absoluto?
La vida humana no es para la
Iglesia un valor absoluto al que todos los demás se deban subordinar; lo que es
un valor absoluto para la Iglesia es la dignidad de la persona humana, que está
hecha a imagen y semejanza de Dios. Por eso el martirio o el arriesgar la
propia vida por salvar a otros no sólo no son pecado, sino que pueden ser algo
valioso e incluso moralmente obligatorio.
Así, la Iglesia ha elevado a los
altares a una persona como Maximiliano Kolbe, que realizó, por motivos
sobrenaturales, un acto de suprema generosidad entregando su vida para salvar
la de otra persona.
No existe, en consecuencia,
contradicción alguna entre el estricto criterio de rechazo a la eutanasia por
parte de la Iglesia y el que para ella existan valores superiores a la vida
humana: matar a un ser humano inocente es gravísimo pecado; que un ser humano
asuma morir por hacer el bien que debe o antes que verse obligado a hacer el
mal, es virtuosa actitud.
94. ¿Se puede resumir en pocas
palabras cuál es la doctrina de la Iglesia sobre la eutanasia?
La doctrina de la Iglesia sobre
la eutanasia es la que ha quedado expuesta en este documento, pero podemos
resumirla ahora en forma de decálogo:
1. Jamás es lícito matar a un
paciente, ni siquiera para no verle sufrir o no hacerle sufrir, aunque él lo
pidiera expresamente. Ni el paciente, ni los médicos, ni el personal sanitario,
ni los familiares tienen la facultad de decidir o provocar la muerte de una
persona.
2. No es lícita la acción que por
su naturaleza provoca directa o intencionalmente la muerte del paciente.
3. No es lícito omitir una
prestación debida a un paciente, sin la cual va irremisiblemente a la muerte;
por ejemplo, los cuidados vitales (alimentación por tubo y remedios
terapéuticos normales) debidas a todo paciente, aunque sufra un mal incurable o
esté en fase terminal o aun en coma irreversible.
4. Es lícito rehusar o renunciar
a cuidados y tratamientos posibles y disponibles, cuando se sabe que resultan
eficaces, aunque sea sólo parcialmente. En concreto, no se ha de omitir el
tratamiento a enfermos en coma si existe alguna posibilidad de recuperación,
aunque se puede interrumpir cuando se haya constatado su total ineficacia. En
todo caso, siempre se han de mantener las medidas de sostenimiento.
5. No existe la obligación de
someter al paciente terminal a nuevas operaciones quirúrgicas, cuando no se
tiene la fundada esperanza de hacerle más llevadera su vida.
6. Es lícito suministrar
narcóticos y analgésicos que alivien el dolor, aunque atenúen la consciencia y
provoquen de modo secundario un acortamiento de la vida del paciente. Siempre
que el fin de la acción sea calmar el dolor y no provocar subrepticiamente un
acortamiento sustancial de la vida; en este caso, la moralidad de la acción
depende de la intención con que se haga y de que exista una debida proporción
entre lo que se logra (la disminución del dolor) y el efecto negativo para la
salud.
7. Es lícito dejar de aplicar
tratamientos desproporcionados a un paciente en coma irreversible cuando haya
perdido toda actividad cerebral. Pero no lo es cuando el cerebro del paciente
conserva ciertas funciones vitales, si esa omisión provocase la muerte
inmediata.
8. Las personas minusválidas o
con malformaciones tienen los mismos derechos que las demás personas,
concretamente en lo que se refiere a la recepción de tratamientos terapéuticos.
En la fase prenatal y postnatal se les han de proporcionar las mismas curas que
a los fetos y niños sin ninguna minusvalía.
9. El Estado no puede atribuirse
el derecho a legalizar la eutanasia, pues la vida del inocente es un bien que
supera el poder de disposición tanto del individuo como del Estado.
10. La eutanasia es un crimen
contra la vida humana y contra la ley divina, del que se hacen corresponsables
todos los que intervienen en la decisión y ejecución del acto homicida.
95. En las situaciones ¿No se
plantean al médico, la enfermera o los familiares creyentes, unos problemas
morales muy difíciles de resolver?
Pueden plantearse tales problemas
y pueden ser de difícil resolución, como sucede por otra parte en otros muchos
ámbitos de la vida (¿cuál es el salario justo?, ¿cuál la actitud respecto a un
hijo, un marido o una esposa delincuente?, ¿qué impuestos son justos? etc.),
pero se puede llegar a una solución justa si se tienen claros los principios
morales, los bienes que hay que respetar y los males que hay que evitar. En el
caso del enfermo terminal, habrá que acudir al contraste de opiniones con otros
expertos en Medicina y en Moral, y habrá que reflexionar con cuidado y lealtad
sincera hacia el otro y sus derechos, antes de tomar una decisión.
Si a pesar de todo permanece la
duda, la actitud moralmente prudente será la de abstenerse de correr el riesgo
de hacer algo inmoral, viejo principio de gran eficacia.
96. ¿Y no es demasiado ambiguo el
dejar al puro criterio del médico, o del estado de la ciencia en un momento
concreto, la determinación de lo que son medios proporcionados o no para
mantener la vida?
No, no es ambiguo: es
profundamente humano y realista. Pretender hacer un elenco casuístico de todos
los casos posibles es inútil, porque tal relación es imposible. La moral (como,
por otra parte, el Derecho, tanto eclesiástico como civil) define los
principios del recto obrar, identifica los bienes que han de ser respetados y
pone de manifiesto los males que han de ser evitados. Después es el sujeto del
acto moral, el hombre con capacidad de conocer y querer, el que debe decidir -
según su conciencia, previamente formada - ante la situación concreta. Es esa -
la decisión - la responsabilidad de cada ser humano y debe ser asumida pensando
en Dios, porque Él es el que al final juzga.
Esto es así no sólo respecto a la
eutanasia, sino en mil ámbitos más: el trabajador que se plantea ir a la
huelga, el empresario que fija salarios y condiciones de trabajo, el legislador
o el político que adopta decisiones que afectan a millones de ciudadanos, el
vendedor que pone precio a sus productos, el juez que dicta sentencia, el padre
o la madre que se ven ante un hijo problemático, son personas que tienen la
obligación moral de adoptar decisiones justas, y para ello no disponen de
ninguna lista de casos que lo abarque todo, sino que deben basarse en los
principios morales que la Iglesia enseña, y también en las circunstancias
diversas cambiantes, a veces fugaces y otras difíciles de aprender de la
realidad sobre la que su decisión va a incidir.
La doctrina es clara y segura;
las circunstancias pueden no ser conocidas con total certeza, y la decisión -
el acto moralmente relevante - siempre será un acto del hombre enfrentado a la
situación conflictiva. Esta es la grandeza y la servidumbre de la libertad que
caracteriza al hombre.
97. ¿Cuál es la doctrina de la
Iglesia sobre el dolor y la muerte?
Para quienes tienen fe, el
interrogante que sobre el mal se hacen todos los hombres es más acuciante, pues
la fe nos hace tener presente a un Dios todopoderoso que ama a cada hombre.
Pues bien, el conocimiento de que, en la realidad, la providencia amorosa de
Dios respecto a cada hombre es compatible con la existencia del dolor y el
sufrimiento, nos indica que el dolor - aunque no podamos explicarlo - tiene un
sentido.
Cuando a Cristo se le preguntó
por alguna de las facetas del dolor, fue parco en palabras: prácticamente sólo
explicó que no se trataba de un castigo divino (cfr. curación del ciego de
nacimiento; Jn. 9,2-4). Pero Jesús hizo algo mejor que pronunciar palabras
sobre el dolor: sufrió el dolor total en la Cruz convirtiendo ese dolor y esa
muerte, por la Resurrección, en la Buena Nueva, dándole el máximo sentido: ese
dolor atroz hasta la muerte es el máximo bien de la Humanidad y dio sentido al
hombre, a la historia y al universo.
Quizá nosotros lo más que
podarnos hacer sea imitar a Cristo: decir pocas palabras sobre el dolor, pero
vivir la experiencia de encontrarle sentido convirtiéndolo, con la esperanza en
la resurrección y la vida eterna, en fuente de amor y de superación de uno
mismo, para unirnos en espíritu con el sufrimiento de Cristo, que prometió la
bienaventuranza a los que sufren: a los pobres, los que lloran, los que tienen
hambre y sed, los perseguidos.
Cristo no teorizó sobre el dolor:
amó y consoló a los que sufren y Él mismo sufrió hasta la muerte, y muerte de
cruz. La Iglesia no elabora teorías sobre el dolor, pero quiere aportar a la
Humanidad una vocación de donación preferente hacia los que sufren, y también
la experiencia del sentido del dolor que Cristo nos dio con su muerte, y que
tantos millones de cristianos intentan revivir todos los días desde hace veinte
siglos.
98. ¿Cuál debe ser la actitud de
un cristiano ante la eutanasia y, en general, ante el sufrimiento y la muerte
propios o ajenos?
Todos los cristianos podemos y
debemos coadyuvar con nuestras palabras, nuestros actos y nuestras actitudes y
recrear en el entramado de la vida cotidiana una cultura de la vida que haga
inadmisible la eutanasia. En particular, y a título meramente de ejemplo, todos
podemos ayudar a esa inmensa tarea:
. aceptando el dolor y la muerte,
cuando nos afecte personalmente, con la visión sobrenatural propia de un
católico que sabe que puede unirse a Cristo en su sufrimiento redentor y que,
tras la muerte, nos espera el abrazo de Dios Padre;
. ejercitando según nuestros
medios, posibilidades y circunstancias, un activo apoyo al que sufre: desde una
sonrisa hasta la dedicación de tiempo y dinero mil cosas podemos hacer para
aliviar el dolor ajeno y ayudar al que lo padece a sacar amor y alegría honda
de su dolor, y no odio y tristeza;
. rezando por los que sufren, por
quienes los atienden, por los profesionales de la salud, por los políticos y
legisladores en cuyas manos está legislar a favor de la eutanasia o a favor de
la dignidad del que sufre. La oración es el alma más poderosa y eficaz con que
contamos los cristianos;
. facilitando el surgimiento de
vocaciones a las instituciones de la Iglesia que por su carisma fundacional
están específicamente dedicadas a atender a la humanidad doliente y que
constituyen hoy - como hace siglos - una maravillosa expresión del amor y el
compromiso práctico de la Iglesia con los que sufren;
. acogiendo con amor
sobrenatural, afecto humano y naturalidad en el seno de la familia a los miembros
dolientes, deficientes, enfermos o moribundos aunque eso suponga sacrificio;
. estando presentes en los medios
de comunicación social y demás foros de influencia en la opinión pública para
hacer patentes nuestras convicciones sobre el dolor y la muerte y nuestras
alternativas a la eutanasia homicida: cartas al director, llamadas telefónicas,
estudios médicos, conferencias, etc.;
. votando, en los procesos
electorales de nuestro país, con atención responsable hacia la actitud de cada
partido político ante cuestiones como la familia, la sanidad, la política
respecto a los minusválidos y la tercera edad, la eutanasia, etc.;
. los médicos, enfermeras y demás
profesionales sanitarios, promoviendo un tipo de Medicina y de asistencia
hospitalaria realmente centradas en el enfermo, en el trato digno al paciente.
En todo caso tenemos a nuestra
disposición un sacramento - la unción de los enfermos - específicamente creado
por Dios para preparar una buena muerte.
99. ¿Qué es el Sacramento de la
Unción de los Enfermos?
Es uno de los siete Sacramentos
de la Iglesia destinado a reconfortar a los que están probados por la
enfermedad.
Este Sacramento otorga al
cristiano un don particular del Espíritu Santo, mediante el cual el hombre
recibe una gracia de fortalecimiento, de paz y de valor para vencer las
dificultades propias del estado de enfermedad grave o de fragilidad de la
vejez. Esta gracia renueva en el que la recibe su fe y confianza en el Señor,
robusteciéndole contra las tentaciones del enemigo y la angustia de la muerte,
de tal modo que pueda, no sólo soportar sus males con fortaleza, sino también
luchar contra ellos e incluso, conseguir la salud si conviene para su salvación
espiritual; asimismo, la unción de los enfermos le concede, si es necesario, el
perdón de los pecados y la plenitud de la penitencia cristiana. La Unción es
Sacramento de enfermos y sacramento de Vida, expresión ritual de la acción
liberadora de Cristo que invita, y al mismo tiempo ayuda al enfermo a
participar en ella.
Es aconsejable recibir este
Sacramento en enfermedad grave, vejez o peligro, como puede ser el de una
operación quirúrgica en que peligra su vida, pudiendo reiterarse aún dentro de
la misma enfermedad si ésta se agrava, no debiendo reservarse para cuando el enfermo
está ya privado de su conciencia.
Así dice el Concilio: "...
no es sólo el Sacramento de quienes se encuentran en los últimos momentos de su
vida. Por tanto, el tiempo oportuno para recibirlo comienza cuando el cristiano
ya empieza a estar en peligro de muerte por enfermedad o vejez" (SC 73).
Unido a este Sacramento, el
"Viático" o recepción de la Eucaristía que ayude a completar el
camino hacia el Señor, ("Viático", quiere decir "Vianda"
para el camino), perfeccionará la esperanza cristiana "asociándose
voluntariamente (el enfermo) a la pasión y muerte de Cristo" (L.G. 11).
100. ¿Cuál debe ser la actitud de
un cristiano ante la muerte?
Los cristianos deben ver la
muerte como el encuentro definitivo con el Señor de la Vida y, por lo tanto, con
esperanza tranquila y confiada en Él, aunque nuestra naturaleza se resista a
dar ese último paso que no es fin, sino comienzo. La antigua cristiandad
denominaba, con todo acierto, al día de la muerte, "dies natalis",
día del nacimiento a la Vida de verdad, y con esa mentalidad deberíamos
acercarnos todos a la muerte.
En todo tiempo la piedad
cristiana identificó en breves jaculatorias el deseo que a todos los cristianos
debe animar respecto a su muerte: que en la última agonía está muy cerca de
nosotros la Madre de Dios, como estuvo al pié de la Cruz cuando su Hijo moría.
Comité para la Defensa de la Vida
Febrero de 1993