Activistas pro vida buscan que se eliminen eufemismos sobre esta materia
"Uno de los puntos más débiles de la sociedad chilena es la fragilidad
de la familia”, denunció la semana pasada monseñor Gonzalo Duarte
García, Obispo de Valparaíso, Chile. “Y las iglesias tienen sin duda una
responsabilidad fundamental en esta área, así como a todo el país”,
aseguró.
Los pronunciamientos del prelado se dieron luego de que
la Comisión de Salud del Senado de Chile aprobara el pasado 6 de
septiembre debatir tres proyectos de ley que buscan la despenalización
del llamado aborto terapéutico en este país.
El debate del Congreso se centrará en la despenalización del aborto
para los casos de riesgo de vida de la madre, la violación y la
malformación fetal.
No obstante, el Presidente Sebastián Piñera informó el pasado 11 de septiembre durante el rezo de un Te deum en
la Iglesia evangélica que estaría dispuesto a hacer uso de su facultad
de veto presidencial en caso de que se logre la aprobación de alguno de
los tres proyectos destinados a permitir y regular el aborto
terapéutico.
“Una de las tareas más importantes de un Presidente es luchar por la
vida, la dignidad y la familia de todos y de cada uno de los chilenos
desde la concepción hasta el momento de la muerte natural”, insistió el
mandatario.
¿Terapéutico?
Con respecto al término aborto terapéutico Patricio Ventura-Junca,
miembro del Consejo de la Academia Pontificia para la Vida y del Centro
de Bioética de la Pontificia Universidad Católica de Santiago, opinó en
diálogo con ZENIT que este resulta inadecuado y ambiguo debido a que “la
relación entre el efecto bueno y el malo debe tener una adecuada
proporción. El efecto colateral malo no puede ser mayor que el efecto
benéfico”. E indicó que en este caso, “la terapia tiene como objeto
salvar la vida de la madre y no producir un aborto”.
Además porque los proyectos de ley han mezclado la despenalización
del aborto por riesgo de la vida de la madre con otras causas. “Todo
esto bajo el paraguas de aborto terapéutico”, indica Vetura-Junca, quien
asegura que se trata de una estrategia para introducir el aborto a
secas.
“Si los autores fueran coherentes, deberían preguntarse ¿por qué no
eliminar, también, a los niños o adultos que tienen una enfermedad que
provocará la muerte a corto plazo?”, aseguró.
Por su parte el padre Cristian Hodge Cornejo, del centro de bioética
de la Universidad católica de Santiago dijo a ZENIT que en caso de que
corra peligro la vida de la madre “no es lícito eliminar la vida del
niño concebido” y aclaró que “esto no se opone a la licitud de acciones
terapéuticas a favor de la madre, aunque comporten un riesgo, incluso
letal, para el ser que no ha nacido”.
Contexto
Uno de los argumentos para despenalizar el aborto en Chile es que
esta práctica no representaba un delito punible hasta el año 1989.
Sin embargo, la reforma que se realizó al Código Sanitario en esta
materia indica que los actos cuya finalidad sea la de practicar un
aborto resultan ser “crímenes y simples delitos contra el orden de las
familias, contra la moralidad pública y contra la integridad sexual”.
Esta reforma hizo explícita lo que ya decía la Constitución de 1980,
donde el artículo 19 “asegura a todas las personas” en el N° 1 “El
derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”, y
luego agrega: “La ley protege la vida del que está por nacer.”
Ventura-Junca asegura que el cambio que se realizó en 1989 de
eliminar el llamado aborto terapéutico que se refería a casos en que
está en riesgo inminente la vida de la madre “no tuvo efectos en la
práctica médica”.
“Cuando el único tratamiento para salvar a una madre embarazada de
una muerte cierta implica que, como efecto no deseado, sino que
tolerado, se produce la pérdida del niño en gestación, todos los médicos
saben que esto no sólo puede hacerse, sino que, en la mayoría de los
casos, debe hacerse”, aclaró el miembro de la Pontificia Academia para
la Vida.
“Si no se actúa, en la mayoría de los casos morirán ambos”, dijo.
“Este no es un aborto procurado, no es la intención ni del médico ni de
la madre eliminar al hijo”.
Pero cuando se trata del aborto provocado, el Código penal en expresa
en su artículo 344 expresa: “La mujer que causare su aborto o
consintiere que otra persona se lo cause, será castigada con presidio
menor en su grado máximo”, que serían entre 3 y 5 años de prisión.
“En los hechos son muy pocas las mujeres que hoy van a la cárcel por
este delito”, precisó Ventura-Junca. “ Se persigue especialmente a
quienes lucran realizando abortos”, dijo.
¿Mujeres en riesgo?
Chile tiene la tasa más baja de mortalidad materna por aborto de
Latinoamérica. Según la Revista Chilena de Obstetricia y Ginecología,
v.73 n.6 del año 2008 esta descendió de 105 por cada 100.000 nacidos
vivos en 1960, a 0,8 por cada 100.000 en el año 2005 y se estima que
oscila entre 0,8 y 1,6 por 100.000 nacidos vivos.
Para seguir reduciendo estos índices, Ventura-Junca aseguró que “el
camino moral y humano no es favorecer un aborto en condiciones
higiénicas, sino promover redes sociales y familiares que acompañen a
estas mujeres ofreciéndoles apoyo, cariño y la posibilidad de dar a su
hijo en adopción”.
Además porque el aborto aumenta el riesgo de muchas las patologías psiquiátricas en un 81% incluido el suicidio. La revista The British Journal of Psychiatry,
BJP 2011 indica que una de las conclusiones del estudio es que en
Inglaterra estos riesgos deberían informarse a las pacientes antes de
realizarse un aborto.
Con respecto a la malformación física, el padre Hodge Cornejo dijo:
“Mejor es legislar para dar asistencia médica y psicológica a las madres
que viven en esa dramática situación”.
Por ello “un crecimiento en el individualismo conlleva una falta de
solidaridad con los seres humanos más indefensos como son los que están
en sus primeras etapas de desarrollo”, concluye Ventura-Junca.
Por Carmen Elena Villa
zenit.org
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