Se hizo público el Decreto de la Penitenciaría Apostólica firmado en Roma el pasado 17 de mayo, en la Solemnidad de la Ascensión del Señor, por el Cardenal Manuel Monteiro de Castro, Penitenciario Mayor y por el Regente, Mons. Gianfranco Girotti, Obispo titular de Meta, mediante el cual se concede el don de las Indulgencias a los fieles con ocasión del VII Encuentro Mundial de las Familias que se celebrará en la ciudad italiana de Milán del 30 de mayo al 3 de junio.
El inminente Encuentro Mundial que se celebrará con el tema “La familia, el trabajo y la fiesta”, tiene la intención de indicar cómo conciliar de la mejor manera posible las exigencias de la familia con las del trabajo y de los días de fiesta, de modo especial el domingo, Pascua semanal, y día del Señor y del hombre, día de la familia y de la comunidad.
A fin de que los fieles se preparen espiritualmente para participar en este acontecimiento del mejor modo, Su Santidad Benedicto XVI de buena gana les concede a ellos el don de las Indulgencias a quienes verdaderamente arrepentidos y estimulados por la caridad se dediquen a la santificación de la familia, siguiendo el ejemplo de la Sagrada Familia de Jesús, María y José.
De este modo, se concede la Indulgencia plenaria bajo las acostumbradas condiciones, a saber: confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre a los fieles que, con el ánimo separado de cualquier pecado, participen devotamente en alguna función durante el mencionado Encuentro Mundial de las Familias, así como en su solemne conclusión.
En el Decreto se explica también que los fieles que se vean imposibilitados a participar en este evento, podrán obtener la Indulgencia plenaria, con las mismas condiciones, si, unidos espiritualmente a los fieles presentes en Milán, rezarán en la familia el “Padrenuestro”, el “Credo” y otras devotas oraciones para invocar de la Divina Misericordia las finalidades indicadas anteriormente, de modo particular cuando las palabras del Pontífice sean transmitidas por radio o televisión. Además, se concede la Indulgencia parcial a los fieles cada vez que, con el corazón contrito, en el tiempo indicado, recen por el bien de las familias.
Tal como se lee en este texto, el Decreto tiene validez para esta ocasión, no obstante cualquier otra disposición contraria. (María Fernanda Bernasconi – RV)
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